Informe del CDC del 1 de setiembre de 2020

Un nuevo CDC virtual. Se trasmitió en vivo por teleuniversitaria y su grabación se puede ver en http://www.youtube.com/watch?v=y2pHAGoyGr8

Se realizó utilizando el software zoom y participaron conectados unas 55 personas (entre miembros del CDC, funcionarios de apoyo, otras autoridades universitarias y otras personas). Técnicamente se logró funcionar bastante bien, dentro de las limitaciones que impone este tipo de instrumento.

El orden del día se puede consultar en: http://www.expe.edu.uy/expe/resoluci.nsf/ordenes/8DDC7BC9F93C7483032585D10045D4BA?opendocument

Hubo un informe previo sobre la Ley de presupuesto remitida por el poder ejecutivo la noche del 31 de agosto. Informaron las directoras de Jurídica, Planeamiento y Administración Financiera, a partir de un primer análisis preliminar que abarcó principalmente los artículos referidos al inciso 26 que concierne a la UdelaR y otros que pueden afectarla. Pero la Ley contiene muchos artículos y se debe analizar más en detalle.

A cuenta de un informe más detallado que se circulará en los próximos días, este primer análisis permite señalar los siguientes elementos:

No aparece un artículo que asigne fondos a la UdelaR. Los montos figuran en el anexo (considerado parte de la Ley) y que constituye una línea base. Es el único ente de la educación pública que no tiene artículos con montos incrementales asignados.

El monto de la línea base es constante en cada año y de 18704 millones. Esto incluye los fondos de rentas generales y los de libre disponibilidad, y es similar a la línea base que la UdelaR presentó en su articulado. Esto indica que en principio no hay disminución del presupuesto actual. Hay que analizar las fuentes de financiación pues no queda claro qué parte proviene de rentas generales y qué parte de recaudación propia de la UdelaR. Se observan diferencias en cuánto corresponde a gastos y cuánto a sueldos, ello no necesariamente va redundar en una disminución de las becas (pues generalmente se trasfieren montos de sueldos a gastos con ese fin). De todas maneras esto debe ser analizado ya que los montos que están en sueldos reciben incrementos anuales y los que están en gastos no.

La Ley plantea algunas derogaciones de artículos que afectarían a la UdelaR.

Se deroga un artículo de la rendición del 2017 que permitía que los créditos de inversiones no ejecutados se transfirieran al año siguiente. La UdelaR ejecuta regularmente casi el 100% de los créditos, pero podría complicar la ejecución de algunas obras.

Se deroga un artículo que se aprobó en rendición de cuentas del año anterior que permitía colocar fondos destinados a inversiones en unidades indexadas, lo que permitía no perder el valor de dichos recursos como consecuencia de la inflación.

Se deroga artículo que transfería plata del subsidio a la cerveza para el Hospital de Clínicas, no obstante estos recursos se consolidan en la línea base del presupuesto universitario.

Se deroga un artículo que permitía transposiciones de créditos que la UdelaR realiza y las hace muy rígidas y complejas. Los traspasos de sueldos a inversiones van a requerir un informe favorable del MEC y la OPP. Para traspasos de sueldos a gastos se impone un informe previo favorable del MEF.

Se generan controles que complican la ejecución y van contra la eficiencia. Por otro lado, desde la división de jurídica se cuestionó la constitucionalidad de dicho artículo, en la medida en que limita la autonomía introduciendo un contralor del Poder Ejecutivo en cada traspaso que se haga.

Hay además algunos artículos generales pero que afectan también a la UdelaR:

Sobre actualización de créditos. El art. 4 refiere a los salarios y sustituye un artículo habitual en leyes presupuestales anteriores que tomaba en cuenta la inflación pasada para actualizar los sueldos. Por ejemplo, en enero de 2021 se va a tomar en cuenta la inflación observada en 2020 y se le resta el rango meta 2020. En este caso, se estima que el salario sería incrementado en el orden del 4,8% en vez de 9,8%, lo cual representa una pérdida del salario real. A partir del 2022 se toma en cuenta la inflación proyectada, y no queda claro cómo se realizará el ajuste para recuperar el poder adquisitivo (lo que se señala como intención en el mensaje del poder ejecutivo).

El Artículo 7 genera límites en la ejecución de gastos e inversiones cuando existe riesgo de cumplimiento de la meta indicativa del resultado fiscal que señala la LUC. Esta definición es muy imprecisa, dándole al poder ejecutivo una gran discrecionalidad en la materia. También fue cuestionada su constitucionalidad pues el tema presupuestal es potestad del Poder Legislativo. Cabe recordar que el decreto de ajuste fiscal (90/2020) fue una exhortación en lo relativo a la UdelaR. Si se aprueba este artículo de la Ley de Presupuesto, un decreto de esa naturaleza obligaría a la UdelaR.

Se crea un nuevo régimen referido a viáticos tanto al exterior como en el país. Deben ser estudiados.

Se elimina a la UdelaR como posible beneficiaria de donaciones especiales. Como dato ilustrativo se informó que la institución recibe anualmente del orden de 300.000 dólares por este concepto.

Puede haber otras disposiciones que deben estudiarse en mayor detalle.

Luego del informe se dio un intercambio sobre el tema en el cual se plantearon entre otros asuntos los siguientes:

¿Cuál es la razón de la discriminación hacia la UdelaR? Tuvo cero incremento a diferencia de UTEC que tuvo un incremento de 218 millones sobre una línea de base 908, y ANEP que tuvo un incremento mucho menor al que solicitó pero de todas formas del orden de 1500 millones de pesos.

¿Por qué se priva a la UdelaR de recibir donaciones especiales, que sí pueden recibir las universidades privadas y ANEP?

¿Por qué eliminar un artículo de la última Rendición de Cuentas (aún no se ha implementado por falta de reglamentación del MEF) que hubiera permitido evitar la pérdida generada por la inflación del valor de ciertos créditos?

¿Por qué los controles agresivos propuestos, que van contra una ejecución eficiente de los recursos y la autonomía?

Entre otras joyas del simbolismo de este mensaje se señaló que la Ley de Presupuesto asigna fondos para más generales y coroneles, y nada para nuevas DT.

Viene una nueva etapa a nivel parlamentario y también se ha solicitado una entrevista al Presidente de la República, pensando en la posibilidad de un mensaje complementario.

ADUR leyó el comunicado emitido por la asociación en el que se declara en conflicto y el CDC resolvió elaborar una declaración que se delegó en la Mesa.

Se pospusieron los puntos 3, 4, 11, 45, 46, 49, 50, 52. El resto de los puntos con proyecto de resolución fueron aprobados. Dentro de los mismos destacamos los siguientes, al principio se indica el número de referencia en el orden del día:

2. Se informó sobre un nuevo Decreto vinculado a las actividades de pesca con fines de investigación científica o docente que tome en cuenta prácticamente todas las observaciones que la institución había señalado en años anteriores. Si bien aún quedan puntos para avanzar, es muy bueno este resultado de una lucha que dio la UdelaR para modificar ese decreto.

4. Se intercambió en torno a la propuesta de modificación de la Ordenanza de revalidación y reconocimiento de títulos, grados académicos y certificados de estudios extranjeros. Hay acuerdo general pero en algunos puntos se plantearon sugerencias de ajuste. Quedó en manos de una pequeña comisión trabajar junto a DGJ para que vuelva al CDC una versión incluyendo dichos ajustes.

6. Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Se resolvió:

a) Autorizar a la delegación universitaria en el comité consultivo a firmar el comunicado que expresa preocupación por la no convocatoria a dicho comité creado por Ley,

b) Solicitar entrevista con las autoridades del SNIC para procurar dar continuidad a las acciones que se venían realizando. Ejemplo el programa de Inclusión social de CSIC.

c) Señalar la importancia para el país de contar con un Sistema Nacional de Cuidados y la necesidad de dar continuidad a esa política, poniendo a la UdelaR a disposición para contribuir con ello como hasta ahora.

d) Dar difusión a lo que la UdelaR hace en relación al tema.

14. Se aprobó el tercer informe de Evaluación del Programa "Conocimiento Especializado para enfrentar la emergencia planteada por el COVID-19 y sus impactos", de CSIC.

15. Se aprobó el informe de la convocatoria "Actividades en el medio para atender la emergencia social y sanitaria 2020" de CSEAM.

16. Se aprobaron las bases de la convocatoria al llamado Seguimiento y Monitoreo de los Planes de Estudio - Modalidad: Proyectos Concursables de Carácter Institucional, CSE.

17. Se aprobaron las bases y llamado 2020-2021 del Programa de Apoyo a la Investigación Estudiantil (PAIE), de CSIC.

18. Se aprobaron las bases y llamado 2020-2021 a Becas de Apoyo para la Finalización de Estudios de Posgrado (Maestría y Doctorado), de CSP, con cierre el 28 de setiembre.

19. Se aprobaron las bases y llamado 2020-2021 a Becas de Apoyo a Docentes para Estudios de Posgrado (Maestría y Doctorado), de CSP.

51. Facultad de Derecho - Graciela Porta aprobó el recurso jerárquico interpuesto.

 

Próximo ordinario CDC el 15 de Setiembre de 2020.

Consejeros presentes: Patricia Lema, Gregory Randall, Gonzalo Salas y Nicolás Wschebor.

Nota: este informe es totalmente informal, se trata de algo que pretendemos hacer en cada CDC pero que puede tener errores involuntarios, sepan disculparnos en caso de que existan.

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