Informe del CDC extraordinario del 22 de Diciembre de 2020

 

CDC virtual por plataforma zoom con más de 60 participantes. La tecnología esta vez estuvo algo inestable. Se trasmitió en vivo por teleuniversitaria y su grabación se puede ver en Youtube http://www.youtube.com/watch?v=qCVhuQjGGm4

El orden del día se puede consultar en: http://www.expe.edu.uy/expe/resoluci.nsf/ordenes/77FFE88186222DE00325863A005FE1C5?opendocument

 

Se pospusieron los puntos 2, 5, 17, 108, 123 y 125. El resto de los puntos con proyecto de resolución fueron aprobados. Dentro de los mismos destacamos los siguientes, al principio se indica el número de referencia en el orden del día:

 

1. Se recibió a los Profesores Gonzalo Moratorio y Pilar Moreno, a raíz de la selección de Moratorio entre los 10 científicos más destacados que marcaron la ciencia en 2020. En su caso ello se relaciona con su rol en el desarrollo de kits de diagnóstico para covid 19 y cómo ello impactó en la manera en que Uruguay respondió a la crisis sanitaria.

Se dio un intercambio en el que se reconoció, a través de Moratorio y Moreno, el trabajo de tantos docentes de la UdelaR para poner el conocimiento al servicio de la sociedad uruguaya. Se señaló en particular la importancia de invertir a largo plazo en investigación de calidad y de la tradición universitaria latinoamericana y de la Universidad de la República de cultivar el uso socialmente valioso del conocimiento.

Vale la pena escuchar la intervención de Moratorio en que, entre otras cosas señaló que llevamos más de 100.000 tests entregados a salud pública y otros 100.000 preparados en el frizer.

 

3. Se aprobó la interpretación de la Transitoria 13 del EPD que refiere a los llamados en efectividad para aquellos docentes que tienen más de 8 años como interinos.

 

4. Se aprobaron modificaciones a la Ordenanza sobre los cargos docentes 1, 2 y 3 dependientes del Consejo Directivo Central con el fin de adecuar transitoriamente, y hasta que se apruebe una nueva Ordenanza adaptada al nuevo Estatuto, los plazos de permanencia en los cargos al nuevo EPD.

 

6. Se aprobó una modificación al artículo 20 del Nuevo Título I del EPD para fijar aspectos formales de los llamados en efectividad a Grado 3 mientras se reglamentan dichos llamados a nivel de servicios.

 

7. Se aprobó el documento de Política Institucional de la Universidad de la República sobre violencia, acoso y discriminación y la Ordenanza de actuación ante situaciones de violencia, acoso y discriminación.

Es un paso importante. Conviene leer ambos documentos. Como cambios particularmente significativos señalamos que se crea una Comisión Central de Prevención y actuación ante el acoso y la discriminación, cogobernada y con presencia de los gremios de funcionarios, que tiene un rol asesor del CDC en cuanto a políticas de prevención, educación y políticas en la materia. Por otro lado se concentra en un equipo técnico central y equipos técnicos en los servicios, multidisiplinarios, la tarea de recibir e investigar las denuncias. De esta forma el tema de investigar una denuncia queda totalmente por fuera de los circuitos políticos. Cuando el Equipo Técnico llegue a una conclusión, para lo que tiene tiempos acotados, comunicará el resultado al denunciante y al jerarca del servicio involucrado. Como resultado de una denuncia puede suceder que se sugieran medidas como Investigación Administrativa o Sumario o cambios organizativos en el servicio. También puede resultar de dicha investigación la sugerencia de una mediación, que es una modalidad no tradicional que esperamos cobre particular relevancia en los tiempos venideros.

 

9. Se tomó conocimiento del informe de actividades del 2016 a 2019 de la Unidad de Propiedad Intelectual, que funciona en la orbita de la CSIC. Es importante leer dicho informe, que muestra que contamos con un equipo central capaz de dar apoyos en un tema importante y que es bastante desconocido.

 

11. Se aprobó la propuesta de la Comisión de Implementación del EPD sobre cómo realizar la trasformación de cargos docentes al escalafón R.

 

12. Se aceptó la renuncia de Mariana González Guyer como Pro Rectora de Extensión y Relaciones con el Medio, que será efectiva una vez que se designe a su sucesor(a). Hubo elogios a su trabajo durante estos dos años.

 

18. Se aprobó el informe sobre el trabajo de la Dirección General de Auditoría Interna. Vale la pena leer el distribuido. Otra joya que tenemos en la institución y que pocos conocen.

 

20. Se informó sobre los avances en la informatización y mejoramiento del procedimiento para tramitar la Historia Laboral de los funcionarios ante el BPS.

 

Puntos 31 al 89. Ingresan 54 docentes al régimen de Dedicación Total. Se trata de aquellos que habían sido aprobados académicamente a febrero de 2020. Quedan cerca de 40 en lista de espera, de los cuales hay recursos para algunos más. Con esto se han asignado los recursos obtenidos en el presupuesto para DT en 2021 y ya empezamos el año con un déficit en ese rubro. Hay ideas que se trabajarán el año que viene para intentar financiar algunos ingresos más.

 

109 al 111. Se aprobaron 3 convenios que permitirán la transferencia de la tecnología desarrollada en la UdelaR para producir kits de extracción de muestras para covid 19.

 

113. Se aprobó el convenio con BPS para utilizar el sistema nacional de certificación médica del BPS.

 

116. Se aprobó el fallo de la Convocatoria a "Proyectos Estudiantiles de Extensión Universitaria 2020-2021 - Modalidad 2", de SCEAM.

 

117 a 120. Se aprobaron los fallos de los programas de Movilidad e Intercambio Académico, de CSIC.

 

121. Se aprobaron las bases 2020 del Programa de Apoyo a Publicaciones, de CSIC.

 

126. Se aprobó la transferencia desde el CDC a los CENURES de los cargos PDU que formen parte de Departamentos Académicos aprobados por el CDC. Se trata de un paso mayor en el proceso de fortalecimiento de la autonomía de los CENURES. Se transcribe al final la resolución por su importancia.

Hubo además varios puntos entrados, que no están en el Orden del Día:

I) En relación al pedido MEC realizado a sectores de la UdelaR, consultando diversos aspectos sobre la formación docente se resolvió:

Visto:

La consulta remitida a la Comisión Sectorial de Enseñanza por parte del Ministerio de Educación y Cultura atinente a la formación docente en el país.

Considerando: Que la consulta del Ministerio de Educación y Cultura abarca aspectos vinculados a enseñanza de la lengua materna, habilidades STEM, formación para la ciudadanía y habilidades para la educación inclusiva

El consejo Directivo Central resuelve:

1) Crear un grupo de trabajo coordinando desde el prorrectorado de Enseñanza y la unidad académica de la Comisión Sectorial de Enseñanza e integrado por delegados académicos de los servicios para dar respuesta a la consulta del MEC.

2) Solicitar a los servicios que eleven en los próximos días referentes académicos para la puesta en funcionamiento de dicha comisión.

3) Solicitar que, una vez considerado por la Comisión Sectorial de Enseñanza, se eleve el informe al Consejo Directivo Central en la primera quincena de marzo de 2021.

II) En relación a la reglamentación del artículo 38 de la Constitución se resolvió:

Visto:

La ley 19932 aprobada por el Parlamento Nacional

Considerando:

Que dicha ley reglamenta de manera excepcional ante la evolución de la epidemia de Covid-19 el art. 38 de la Constitución de la República, que consagra el derecho a reunión ;


Que el derecho a reunión constituye un pilar básico de la vida democrática del país;

Que la salud de la población y la convivencia democrática constituyen temas de indudable interés general;


Que la Ley Orgánica de la Universidad de la República le encomienda a la institución aportar elementos para la comprensión de temas de interés general;

El Consejo Directivo Central resuelve:


Crear un grupo de trabajo ad hoc para elaborar aportes provenientes de distintas áreas y disciplinas académicas sobre los alcances y consecuencias de la ley 19932 y, en un plano más general, el vínculo entre bien común y derechos individuales.


El grupo de trabajo se constituye bajo la coordinación de rectorado y será integrado por referentes académicos en la materia designados a tales efectos por los servicios y representantes de los órdenes.


El grupo de trabajo podrá, de considerarlo pertinente, organizar seminarios académicos abiertos como aporte al intercambio nacional


III. En relación a la rescisión del convenio sobre psicomotricidad en primaria, por parte de la ANEP se expresó la preocupación del CDC, haciendo suya la resolución del Consejo de Medicina y se solicitó a Rectorado a hacer todos los trámites posibles para evitar que se afecte de manera tan negativa a los más de 2000 niños de la educación pública que se beneficiaban de dicho convenio y la formación en esa profesión. En Febrero se discutirá el tema más general del conjunto de convenios que están siendo puestos en cuestión y afectan muy diversos aspectos de la colaboración de la Universidad con el país.

IV. Se aprobó el fallo del llamado a Proyectos I+D de CSIC.

V. Se aprobó el resultado del llamado becas de apoyo para fiscalización de Estudios de Posgrado de la CSP.

 

Próximo CDC ordinario: el 9 de Febrero de 2020.

Consejeros presentes: Alejandro Bielli, Gregory Randall y Gonzalo Salas.

 

Nota: este informe es totalmente informal, se trata de algo que pretendemos hacer en cada CDC pero que puede tener errores involuntarios, sepan disculparnos en caso de que existan.

P. de R. del punto 126:

Visto: El conjunto de normas aprobadas por el Consejo Directivo Central en el marco del proceso de descentralización y desarrollo de la Universidad de la República en el interior del país.


Resultando: I) Que en forma constante y progresiva se fueron aprobando un conjunto de disposiciones normativas tendientes a regular la estructura organizativa y funcionamiento de la Institución en el interior del país, en aras al cumplimiento de los fines universitarios contenidos en la Ley Orgánica de la Universidad de la República N° 12549.

II) Que la referida estructura organizativa y funcional ha sido desarrollada mediante la creación de los Centros Universitarios Regionales a partir de asentamientos universitarios establecidos en el interior del país, con la conformación de un conjunto orgánico y funcional previsto en la Ordenanza de los CENURES (Res. N° 6, de 21.06.11; Res. N° 6, de 05.07.11 y Res. N° 5, de 19.07.2011).

III) Que en cumplimiento de los lineamientos políticos y programáticos trazados por la Institución se implementó la radicación de grupos docentes de alta dedicación en los Polos de Desarrollo Universitario (PDU), bajo las previsiones contenidas en la Ordenanza sobre Provisión de los Cargos Docentes para los Polos de Desarrollo Universitario (Res. N° 10 de CDC de 23.06.2009 y modificativas).

IV) Que la organización de la estructura académica de los CENURES se encuentra enmarcada en la conformación de los Departamentos Académicos, cuya regulación se establece en la Ordenanza General de Departamentos Académicos para los Centros Universitarios Regionales (Res. N° 3 de CDC de 19.12.2017), que reglamenta las condiciones generales de creación, organización y funcionamiento de los mismos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 de la Ordenanza de los CENURES.

V) Que la Ordenanza General de Departamentos establece en su artículo 11 que la creación de un Departamento deberá contar con al menos un aval académico aprobado por una Facultad o Instituto asimilado a Facultad, así como un acuerdo de asociación con una o más Unidades Asociadas de una Facultad o Instituto asimilado a Facultad, que deberá contemplar aspectos presupuestales y académicos y acciones de cooperación y apoyo.

VI) Que la citada Ordenanza confiere a las Comisiones de los Departamentos Académicos de los CENURES atribuciones expresas respecto al asesoramiento a los Consejos de estos Centros sobre creación, transformación o supresión de cargos docentes, integración de Tribunales de Concurso y Comisiones Asesoras, así como emitir opinión sobre la actuación de los docentes adscriptos al Departamento en los casos de reelección de cargos efectivos o prórrogas de interinos.


VII) Que de conformidad con las prescripciones establecidas en esta Ordenanza General se ha iniciado el proceso de departamentalización, con la conformación de los Departamentos Académicos y la integración del cuerpo docente de los mismos.


Considerando: I) Que en el marco de dicha departamentalización, con la adecuación de los Departamentos existentes a la nueva Ordenanza y la correspondiente adscripción de los docentes, han quedado comprendidos docentes PDU, cuyos cargos se enmarcan en el régimen jurídico de la Ordenanza de 2009 sobre Provisión de los Cargos Docentes para los Polos de Desarrollo Universitario, en función de las convocatorias realizadas en base del programa Polos de Desarrollo Universitario (PDU): nuevos grupos PDU (2008-2013); creación de Departamentos Académicos; y fortalecimiento de grupos PDU y Departamentos.


II) Que atento al marco normativo de referencia resulta procedente considerar que los docentes PDU referidos en el numeral anterior, que desempeñan funciones en el ámbito espacial de los respectivos CENURES y cuyos cargos han sido adscriptos o se adscriban en el futuro a los Departamentos conformados al amparo de la mencionada Ordenanza, deben regirse por las prescripciones normativas específicas establecidas para los Centros Universitarios Regionales, en virtud de producirse su egreso del respectivo PDU.


III) Que en virtud del egreso operado corresponde establecer prescripciones expresas sobre la Referencia Académica originaria del cargo en el Programa PDU en lo relativo al proceso de evaluación de los docentes, y proceder a implementar el traspaso de la gestión de dichos cargos desde Oficinas Centrales a los Centros Universitarios Regionales.


Atento a lo precedentemente expuesto, y lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de la Universidad, antecedentes que lucen en el distribuido N° 936.20;

EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA, resuelve:


1.- Establecer que para los docentes del Programa PDU mencionados en los Considerandos I) y II) de la presente Resolución, cuyos cargos han sido adscriptos a los diversos Departamentos Académicos conformados en los CENURES, o que se adscriban a los que se conformen en el futuro, operará el egreso del PDU respectivo con el traspaso del cargo y sus conceptos asociados, correspondiendo al CENUR la gestión administrativa y contable de los mismos.


2.- Establecer que para los docentes que ya han sido adscriptos a los Departamentos Académicos, el egreso del PDU y el traspaso del cargo operará a partir de la fecha de la presente Resolución. Para los que se adscriban en el futuro el egreso y traspaso operará a partir de la correspondiente Resolución de adscripción.


3.- Establecer que en virtud del egreso serán aplicables para dichos docentes las prescripciones normativas específicas de los Centros Universitarios Regionales, así como las relativas a atribuciones conferidas en la Ordenanza de Delegaciones de Atribuciones en los Consejos de los Centros Universitarios Regionales respecto al personal docente perteneciente al CENUR.


4.- Establecer que mantendrán aplicación para los docentes PDU comprendidos en la presente Resolución los plazos relativos a designación inicial, reelección y límite del número de reelecciones previstos en el artículo 5° de la Ordenanza respectiva. Una vez que entre en vigencia el nuevo Título I del Estatuto del Personal Docente, serán aplicables las Disposiciones Transitorias correspondientes.


5.- Establecer que se mantendrá el derecho de retorno previsto en el art. 2° de las Disposiciones Especiales del EPD aprobadas con fecha 08/02/2011, en cuanto corresponda y siempre que encuentren vigentes los plazos allí previstos para el ejercicio de este derecho.


6.- Establecer que para los cargos docentes de los PDU Grados 3, 4 y 5, que han sido adscriptos a los Departamentos Académicos y cuenten a la fecha de la presente Resolución con una reelección con la evaluación favorable por parte del Servicio de Referencia Académica, cesará la Referencia Académica de origen, con independencia que dicha reelección haya sido en un cargo del mismo o distinto grado dentro del Programa PDU.

 
Sin perjuicio de lo anterior y de las atribuciones conferidas a las Comisiones de los Departamentos Académicos en materia de evaluación docente, éstas cuando así lo consideren, previo a emitir su asesoramiento en materia de reelección docente, podrán recabar la opinión adicional del Servicio que avaló la creación del Departamento.


7.- Establecer que los cargos docentes mencionados en el numeral anterior que no cuenten a la fecha de la presente Resolución con una reelección con la evaluación favorable por parte del Servicio de Referencia Académica de origen, mantendrán a tales efectos dicha Referencia hasta que se disponga la primera reelección.


8.- Establecer que para los cargos docentes de los PDU Grados 1 y 2, que han sido adscriptos a los Departamentos Académicos, cesará la Referencia Académica de origen, con independencia del número de prórrogas o reelecciones ya dispuestas dentro del Programa PDU a la fecha de la presente Resolución.
Las reelecciones o prórrogas de dichos cargos se realizarán en el marco de la normativa aplicable a los Departamentos, sin necesidad de asesoramiento previo por el Servicio

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