REGLAMENTO PARA DELEGADOS A LA COMISIÓN EJECUTIVA
(aprobado por el Consejo Federal del 18 de Agosto del 2003)

 

Presentación, designación y votación de los delegados

Artículo 1º - La presentación del candidato deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    • Ser afiliado a ADUR

    • Ser presentado por un Centro (no implica ser docente de ese Centro)

  • Presentar un breve currículum que contemple su función docente y dé cuenta de su actuación gremial y de cogobierno.

Artículo 2º - No será requisito para ser candidato el contar con el aval del gremio del Servicio al cual el candidato pertenece.

Artículo 3º - Los Centros deberán objetar las actuaciones reñidas con el respeto gremial, ético y académico.

Artículo 4º - Será necesario para ser elegido miembro titular de la Comisión Ejecutiva obtener por lo menos los votos del 50% más uno de los Centros presentes y para ser elegido como Suplente el 50 % de los votos (en caso de número impar, el redondeo es hacia arriba en ambos casos). Se resuelve que cada Centro proponga un mínimo de tres nombres para Titular y de dos nombres para Suplente. El máximo en ambos casos es de seis nombres. Duración del mandato

Artículo 5º - En todos los casos, los delegados titulares actuarán por un plazo de 1 año, pudiendo ser renovados por otro año. Para una nueva designación deberá transcurrir un año desde la fecha de su cese.

Consideraciones a tener en cuenta al designar a un integrante de la Comisión Ejecutiva de ADUR

Artículo 6º - Su aptitud para la defensa de una línea política acorde a principios universitarios.

Artículo 7º - Su experiencia en actividades gremiales y de cogobierno de la UdelaR.

Artículo 8º - Su disposición para atender las responsabilidades inherentes al cargo.

Artículo 9º - Será incompatible el desempeño de un cargo de confianza en la Universidad de la República con la actuación en la Comisión Ejecutiva de ADUR.

Artículo 10º - Será incompatible el desempeño de un cargo de confianza y/o dirección en las universidades privadas con la actuación en la Comisión Ejecutiva de ADUR.

Artículo 11º - Será incompatible ejercer delegaciones por área y/o servicios en ámbitos centrales del cogobierno universitario, con la integración de la Comisión Ejecutiva de ADUR.

En cuanto a la instrumentación de pautas a las que atenerse durante el período de la Comisión Ejecutiva es de considerar:

Artículo 12º - El compromiso con el Gremio inherente al cargo, los aspectos éticos del mismo, entendiendo fundamentalmente, la necesidad de que no se confundan otros intereses en la gestión, mas allá de los lineamientos expresados por la Convención y/o el Consejo Federal respecto de cualquier asunto que se trate en el seno de la Comisión Ejecutiva y demás ámbitos en los que deba actuar.

Artículo 13º - Durante su actuación, los miembros de la Comisión Ejecutiva deberán asistir a las reuniones que la propia comisión se fije, al Consejo Federal, así como a las instancias específicas de la secretaría que le corresponda.

Artículo 14º - Deberán informar periódicamente al resto de la Comisión y al Consejo Federal sobre los temas de mayor relevancia que se encuentren en consideración en su secretaría y/o en las comisiones que integra, así como de sus iniciativas en el seno de las mismas.

Artículo 15º - Deberán realizar semestralmente un informe escrito, siendo la Comisión Ejecutiva de ADUR la responsable de recordar su cumplimiento y de darle difusión gremial al mismo.

Artículo 16º - En ausencia de resoluciones específicas de organismos superiores, la Comisión Ejecutiva en su conjunto debiera buscar consensos o acuerdos por mayorías.

La casa de apuestas deportivas Bet365 ofrece a sus nuevos usuarios españoles un Bono de Bienvenida del 100% del primer ingreso que realicen, con un máximo de 100 € Al , realiza en tu nueva cuenta un ingreso mínimo de 10 € y tendrás derecho a un bonus del 100% de esa cantidad, hasta un máximo de 100 €.