Foro Reglamentación de la Ordenanza de Posgrados
9 y 10 de Noviembre de 2001 - Facultad de Derecho

 

Visto:

María Viñas (Secretaria General de ADUR):Todos quienes están aquí saben que la Universidad acaba de aprobar una Ordenanza de las carreras de posgrados. Dicha Ordenanza llevó una larga discusión (estuvimos aproximadamente dos años discutiéndola en “el Central”); ahora corresponde hacer un ajuste general de esa Ordenanza, y reglamentar varios aspectos de la misma. La idea entonces de ADUR respecto de la presente convocatoria, es que distintos compañeros de distintas comisiones de posgrado y de distintos Servicios, aporten diferentes visiones sobre ésta Ordenanza, y así lograr cierto grado de consenso respecto de las posiciones a llevar al CDC en las próximas discusiones que allí tendrán lugar en relación a esta Ordenanza.

Respecto de la forma en que vamos a trabajar, en una primera instancia Daniel Panario nos va a contar un poco la historia que tiene la Ordenanza. Luego, discutiremos los artículos del 1 al 9, que tienen que ver por un lado con el ámbito de aplicación y las disposiciones generales, y por otro, con la Comisión de Posgrados de la Universidad (que sería asesora del CDC sobre todos los aspectos de los posgrados), y las funciones de las Comisiones de Posgrado de cada Servicio. Después pasaremos a tratar los artículos 11 al 35, que tienen que ver con las definiciones de las distintas carreras: las carreras de especialización, de maestría, y de doctorado. Finalmente, y para terminar, se discutiría el artículo 10. Como ustedes saben ese es el artículo más polémico, y el que además requeriría una mayor discusión en relación al tema de la reglamentación.
Es decir, en el artículo 39 (“Disposiciones transitorias”), dice que en un plazo no mayor de 60 días luego de publicada la Ordenanza, “el Consejo Directivo Central reglamentará ésta Ordenanza, en particular el uso de los recursos provenientes del cobro de derechos universitarios, así como las exoneraciones que correspondieran.” Ahora le voy a dar la palabra a Daniel Panario para que nos introduzca en el tema, y la idea es que después de dicha introducción los compañeros se anoten para realizar sus intervenciones: proponemos que cada intervención dure 4 minutos, con opción a 2 minutos más de prórroga. Pedimos entonces intervenciones concisas, de forma que podamos recoger todas las opiniones.

Daniel Panario (Fac. de Ciencias; CDC): La discusión de esta Ordenanza en una primera instancia fue realizada en la Comisión de Propuesta de la Universidad, donde en un principio participó Roberto Markarián, y en un segundo momentohasta la aprobación de la Ordenanza, participé yo. Esa es la razón de que ahora esté haciendo ésta síntesis, y espero seguir participando en lo que hace a la reglamentación de la Ordenanza.
Creo que el objetivo principal de este Foro, además de dar difusión a la Ordenanza (cosa que es bastante importante puesto que tenemos la sensación de que hasta el presente, lo que se sabía de ella era solo el artículo 10), es recabar las ideas de los participantes en este Foro en relación a la reglamentación. La reglamentación no está referida exclusivamente al artículo 19, sino que hay otros elementos que deben ser reglamentados, algunos por los propios Servicios, y otros que sería bueno que fueran reglamentados a nivel central.
Voy a pasar entonces a enumerar estos aspectos, no sin antes decir que esta Ordenanza se comenzó a discutir alrededor de Octubre de 1999, y acaba de ser aprobada en el 2001. Digo esto para mostrar que fue un proceso difícil, no solo el del artículo 10 sino el de cada uno de los artículos, y que implicó reunir consensos, cosa que afortunadamente en la mayor parte de los artículos se obtuvieron. Por otra señalar también que en realidad esta Ordenanza no dejó a nadie totalmente conforme, ni a nadie totalmente disconforme: se llegó a lo que se pudo, aunque de todas formas creo que es una Ordenanza muy buena en líneas generales. Es muy importante también su aprobación, en un momento en que se están lanzando un montón de propuestas de posgrado por parte de instituciones privadas (título de Magister inclusive): en este sentido, la Universidad de la República debe de poner una suerte de “nivel de base”, que indique por ejemplo, qué implica es un título de Magister. Éstas instituciones privadas están dando inclusive títulos de Grado, y en este sentido, recientemente ustedes habrán escuchado en la prensa el debate en relación al tratamiento de los grados universitarios brindados por instituciones privadas (particularmente el Dentista y uno de Contador Público). En las carreras de grado la UDELAR tiene muy claramente establecido cuál es el nivel de exigencia, y por lo tanto puede presionar para que sea similar en las universidades privadas.
En el caso de los posgrados la Universidad insólitamente no tenía ningún reglamento, de forma que ni siquiera podía presionar para levantar el nivel en los cursos que se daban en el ámbito privado.
En relación a la Ordenanza en sí misma, yo diría que el primer punto que merece una discusión es el artículo 3. Dicho artículo fue en el seno de la Comisión que estudió ésta Ordenanza, tan polémico como el artículo 10: en los primeros borradores no existía una Comisión Central de Posgradoss, cosa por otra parte bastante insólita, ya que todas las universidades del mundo la tienen.
Además, no es poca cosa la importancia que reviste.
Finalmente se decidió introducir el artículo 3 que establece la existencia de la Comisión Central de Posgradoss, comisión que dependerá directamente del CDC, más allá de que tal vez tenga su base física en la CSIC (pero no va a ser dependiente de la CSIC, sino del CDC): de esta forma se le ha dado a dicha comisión el estatus que se pretendía y que debe tener, me parece una comisión de éstas características.
La propia Ordenanza le atribuye a esta Comisión Central de Posgradoss, desde la coordinación y articulación de los posgrados en la UDELAR, hasta el asesoramiento al CDC en lo que hace a la aprobación de los planes de estudio de los posgrados y la existencia de un equipo académico con el nivel suficiente para establecer un posgrado. Así también, debe asesorar en relación a las reglamentaciones propias de los Servicios, debe supervisar el mantenimiento de la calidad académica de los cursos de posgrado, e incluso, supervisar la admisión de profesores y de alumnos a los posgrados en condiciones de excepcionalidad.
La Ordenanza dice que esta comisión debe de estar integrada por siete miembros de la más alta relevancia académica, que deberían reflejar la diversidad del conocimiento.
Cuando establecimos este número de siete integrantes, lo que procuramos hacer es evitar que se interpretara que en la Comisión debieran estar representadas, por ejemplo, las Áreas: ello supondría convertir una comisión académica, en una comisión política.
Yo creo que el tema debe de ser discutido en este momento; todas las Universidades del mundo ponen en estas comisiones a sus mejores docentes. De alguna forma son como “la escarapela” de lo que son los posgrados a nivel universitario. Digo más: mi experiencia a nivel de los Servicios, indica que los mismos ponen a nivel de sus comisiones académicas a los docentes de la más alta relevancia. Éste es entonces un tema que se va a comenzar a discutir ahora en el CDC, y sería bueno escuchar la opinión de ustedes, saber en qué tipo de académicos están pensando, y cómo debiera ser la representación de la diversidad del conocimiento en esta comisión.
Yo puedo dar una opinión solamente para que la tengan en cuenta: a mi me conformaría que fueran tres o cuatro miembros, uno del Área Científica Básica, otro de Ciencias Naturales, otro de Ciencias Sociales y algún tecnólogo; eso me dejaría conforme, ya que no se trata tanto de que evalúen los contenidos, sino de que evalúen la calidad de lo que se ofrece, los currículums, etc.
La Ordenanza dice que deben de ser siete; creo que éste es un tema crucial en este momento y de urgente toma de posición.
Luego, el artículo 4 establece la necesidad de la existencia de comisiones (también académicas), en los Servicios, inclusive previas a la presentación de aquí en más de una nueva propuesta de posgrado.
A su vez, establece que los Servicios deben reglamentar el funcionamiento y las características de éstas comisiones de posgrado. Por ejemplo en el caso de nuestra Comisión de Posgrados en Facultad de Ciencias, hay una Comisión de Facultad de Ciencias, pero la reglamentación establece que cada posgrado a su vez tiene una Comisión Directiva. Esta última, en nuestro caso, es cogobernada: es cogobernada, en la medida en que tiene estudiantes de posgrado integrados en ésta Comisión Directiva.
Si esto es generalizable o no es otro de los elementos que deberíamos discutir, que no forma parte de la Ordenanza, pero sí forma parte de lo que debiera reglamentarse a nivel de los Servicios, o inclusive, a nivel general de toda la propuesta.
Por otra parte, como decía Mª Viñas en su introducción, está el tema del artículo 10 que es “la piedra del escándalo”. Por supuesto que éste fue el artículo que llevó las negociaciones más largas, pero afortunadamente la delegación de ADUR en el CDC tenía resolución para poder negociar la propuesta. La propuesta que salió no fue exactamente la que llevó ADUR, pero fue casi idéntica a la realizada por ADUR en el marco del Consejo Federal de ADUR. Por lo tanto en ese sentido, nos sentíamos con el respaldo suficiente para llevarla adelante y aprobarla. De todas maneras queda una enorme cantidad de temas para reglamentar en esta propuesta. En este sentido y respecto de los posgrados que se cobren (que pueden ser arancelados), estábamos pensando en que se establezca cuál va a ser el destino de los fondos recaudados. Así también, pretendemos que se establezca si van a existir cupos para estudiantes de bajos recursos, o estudiantes que por pertenecer a los cuadros de la Universidad requieran hacer esos cursos y la Universidad entender que no deban pagar.
Otro es el tema de las remuneraciones que pueda recibir un docente por dar, además de los cursos de grado cursos de posgrado, y si puede recibir remuneraciones extra si solo da cursos de posgrado pero no da cursos de grado. Así también, habría que establecer cuál sería el monto máximo.
En todo caso respecto de estas cosas hay analogías que podemos hacer, ya que la UDELAR ha reglamentado la utilización de fondos extrapresupuestales para compensaciones docentes; sin embargo me parece que éste es un tema a reglamentar para que no quede librado a la analogía y a la libre interpretación de los distintos Servicios.
Finalmente otro de los aspectos que cabe reglamentar, es si se va a establecer overhead, y el destino de los mismos.
Respecto de los docentes extranjeros, ver si se va a establecer un monto relativamente uniforme para el pago de los mismos, e inclusive para el pago de viáticos cuando correspondiere. Todos estos elementos, entiendo yo, sería conveniente uniformizarlos.
Finalmente un tema que es bastante crucial, que deberíamos de discutir y sobre el cual por supuesto que no hubo acuerdo, es qué se entiende por “posgrados profesionalizantes” (tal como se los definió), a los efectos de que luego la Comisión Central que asesora al CDC, pueda establecer, en base a algún criterio reglamentado, cuándo corresponde arancelar un posgrado y cuándo no.
Otro tema que creo que vale la pena discutir, no porque considere que merezca reglamentación sino porque me parece que no ha quedado claro para muchos docentes, es el tema de las condiciones para ser director académico y director de tesis. Ese fue otro de los temas extremadamente polémicos; finalmente se llegó a definirlos, no por grados ni por títulos, que era una de las posibilidades, sino por la demostrada capacidad creativa reciente. En el CDC se entendió que era más importante que un docente tuviera esa capacidad creativa reciente, que el que tuviera determinado grado. Por supuesto que tendrá que tener un tipo de título equivalente al tipo de título en el cuál participa, pero además capacidad creativa reciente: se habla de capacidad creativa reciente, y no de producción creativa reciente, porque este artículo tiene que recoger lo que es la amplitud de la Universidad: la amplitud de la Universidad implica por ejemplo cosas como Bellas Artes, en la cuál la capacidad creativa se mide de otra forma.
La discusión fue tan fuerte en los temas de las maestrías, que el tema de los diplomas y especializaciones creo yo que quedó bastante “flojo”: pienso también entonces que eso debiera ser objeto de discusión en este foro.
Digo que quedó particularmente “flojo”, porque por ejemplo no se establecen diferencias entre lo que es una especialización y un diploma.
Tampoco hay uniformidad en cuanto a cuál es el nivel de exigencia en años, en cursos o en alguna cosa, para ser un diplomado o para ser un especialista. En este aspecto yo creo que Medicina tiene bastante experiencia, pero aquí se habla de una duración mínima de un año, mientras que en Medicina se establece una duración de tres años para la obtención de un título de Especialista.
Por lo tanto, tal vez habría que discutir la posibilidad de establecer un límite para diplomados y otro para especialistas, y así darle la jerarquía que corresponde al especialista. Finalmente otros aspectos menores que tenemos que mejorar, y la única forma que en este momento de hacerlo es a través de la reglamentación. Uno de ellos es el tema de los tribunales. Dicho tema es particularmente complejo, porque muchas veces se puede tener la masa crítica para lanzar un posgrado, no se tienen los docentes para cada una de la especializaciones que desee tomar un magister que luego de haber tomado los cursos indicados, elige un tema de tesis. De pronto en ese tema de tesis no hay suficiente número de especialistas, o los especialistas son exclusivamente profesionales y por lo tanto no tienen actividad creativa probada, etc.
En los hechos el reglamento lo único que establece, aparte de exigir un nivel académico alto, es el que uno de los miembros del tribunal sea externo al programa. Nuestra experiencia indica que eso deja abierta la posibilidad de que todos los miembros del tribunal sean externos al programa, y ello es un boomerang, es decir, ocurre lo contrario: como no saben exactamente a qué nivel pone la vara esa maestría para que la gente pueda saltar, entonces la ponen más baja y termina aprobándose cualquier cosa. Creo entonces que no solo uno debe ser externo, sino que también al menos uno debe ser del programa.
Estas son entonces las cosas que, muy “a vuelo de pájaro”, a mi me parece que debieran ser elementos para la discusión en este Foro.
La palabra la tienen ustedes, y quedo a su disposición para aclarar alguna duda que pueda surgir de la lectura del texto.

Nota: Markarián sugiere hacer un “peloteo” de todos los temas durante 20 minutos, y no solo los que comprenden los artículos 1 al 9.

Carlos Anido (Fac. de Ingeniería; Comisión Ejecutiva de ADUR).
Como muchos saben yo había pedido para hacer una exposición, o invitar a alguien para exponer las argumentaciones a favor de la financiación por cobro.
Asumo entonces esa defensa, aunque sea parcialmente. Creo que conviene considerar las cosas hoy en su totalidad, porque nos interesa conocer la opinión de Medicina, por ejemplo, y de otros sobre el conjunto de temas.
Hay muchas imperfecciones en lo que se resolvió, y el tema del cogobierno es una de ellas. Incluso hay algunas contradicciones: por ejemplo las comisiones de los Servicios pueden proponer cosas que van a ser resueltas por sus Consejos, y ello puede generar alguna contradicción con lo que puede ser la Comisión Central.
Por otra parte, se habla en términos de tiempo: se habla en términos de años para una maestría, un doctorado o una especialización, cuando en realidad de lo que hay que hablar es contenido, es decir, qué significan esos años en horas, qué significa en cargas horarias. ¿Por qué? Porque entre otras cosas nosotros después vamos a tener que enfrentar con la reglamentación el tema de las equivalencias a nivel regional y a nivel internacional. No estamos solos en el mundo, y hay acuerdos, negociaciones, sobre la base de la reciprocidad, muchas de las cuales ya están efectuadas, que de alguna forma ponen cargas, ponen contenidos, que de alguna forma debemos retomar.
Antes de ello, además, está el tema de cuál es el objeto de esto. Los posgrados en definitiva forman parte, a mi juicio, de una realidad donde la incorporación de conocimiento y la transferencia tecnológica que supone.

Nota: Se corta la grabación del cassette.

CASSETTE Nº 2
Lado “A”

Lebowichs (Facultad de Ingeniería): (...) aspectos de la calidad académica pertinente, en estas condiciones de falta de tradición, de posgrados que nacen, de heterogeneidad en la formación académica de los docentes. Más aún, yo pienso que esa comisión podría haber contribuido a la redacción de estas cosas, o acompañado este tipo de documentos.
Además, me parece que en esto juega un rol muy importante la forma en que estas cosas se ejecutan, dadas las razones que invoqué previamente. Por eso quería señalar que lamento que esa comisión no esté designada, y que no se haya hablado de propuestas o de condiciones específicas para la misma.
Por otra parte, quería señalar algunas cosas de carácter más cualitativo sobre alguna de las características de la formación que aquí se promueve. En primer lugar quería referirme al tema de Directores de Tesis, que es esencial.
Al respecto, la Ordenanza habla de “actividad creativa reciente”: yo creo que eso así es inadmisible, es inconducente y tremendamente riesgoso. “Actividad creativa reciente” puede tener un recién doctorado que acaba de hacer su trabajo de investigación, guiado por un tutor, que no tiene (como se les pide a los Grados 4 y 5) línea de investigación propia y que no tiene experiencia en formación de colaboradores. Un director de tesis, no puede tener exclusivamente este tipo de formación, eso es un riesgo tremendo. Es entonces un asunto que debe ser redactado muy de otro modo, en su forma y en su fondo.
Otro aspecto que me parece relevante es el énfasis que la tesis tiene aquí: es claro que la tesis para un doctorando o para un futuro maestro son temas muy importantes, pero no es lo único. El doctorando es el grado académico más alto que las universidades en el mundo otorgan. Desde ese punto de vista no se exige meramente el conocer una especialidad lo suficiente como para ampliar los conocimientos, sino el saber absorber plenamente las ideas que sintetizan, las ideas que unifican el pensamiento en esa área, como para ser promesa real de capacidad futura de investigación, de conformación de su línea propia de formación de otra gente. Eso es en parte lo que debemos pedir, y desde ese punto de vista yo quería proponer que en cuanto al reglamento del doctorado se agregue, como pasa en muchísimos otros lados, un examen que suelen llamar “examen de calificación” y que esencialmente tiene como contenido el verificar estas características del crecimiento académico que mencioné.
Finalmente, decir que coincido con el planteo de Markarián, en cuanto a que no es necesario para las carreras de doctorado, tener hecha una maestría.

Daniel Panario: Yo creo que efectivamente, llevó tanto tiempo la discusión del tema “magister”, que cuando se llegó al tema del doctorado se lo pasó con cierta liviandad. Reconozco entonces que es cierto lo que dice Lebowichs.

Carlos Anido: Al Prof. Lebowichs le digo que creo que podría haber promovido esa discusión en la Facultad de Ingeniería, y que podría haber traído alguna cosa como aporte aún cuando no estuviera definida la Comisión de Posgrados.
Hubiera sido interesante hacer ese tipo de discusión internamente; no está prohibido que en los distintos Servicios, a partir de esta Ordenanza, se den esas discusiones.
Justamente una de las cosas que es débil en esta Ordenanza, es lo que tiene que ver con el cogobierno. Si bien se menciona que el Claustro va a ser un asesor para los Servicios (y allí habrá en el futuro una fuente de contradicciones: quiero ver cómo se manejan las decisiones que los Consejos y los Claustros van a sacar), por ejemplo en ningún momento aparece mencionado el Claustro General como un lugar para discutir la política de promoción, es decir, hacia dónde van los posgrados y qué tipo de posgrados se arman: no puede ser un embudo para los que son fuertes o para los que ya existen, sino que tiene que existir una discusión de planeamiento estratégico acerca de qué cosas son de interés como para abrir un posgrado o para promoverlo. En ese aspecto, el cogobierno es bien importante.

Daniel Panario: Quería aclarar otro aspecto al que hizo mención Lebowichs: respecto de la conformación de esta Comisión Central, se le encomendó a la CSIC, particularmente al Dr. Cabañas, que hiciera consultas y una propuesta.
Existe en este momento una “pre – propuesta” que ha sido elevada a consideración de las delegaciones. Se está en el proceso de discusión de los nombres.

Pilar González (INDE): Creo que van a ser importantes los acuerdos a los que dentro de la propia Universidad podamos arribar, porque como decía el compañero de la Facultad de Medicina, dentro de la propia Universidad hay diferentes criterios a la hora de ponderar el nivel de un título de posgraduación. Por ejemplo en Facultad de Medicina se entiende como de mayor nivel a la especialidad que a la maestría. En la especialidad, que tiene un volumen de horas muy elevado, en algunos casos también se requiere una monografía para su finalización. Sin embargo, la orientación de la especialidad está más centrada sobre una práctica profesional. Eso no sucede en el caso de las maestrías; las maestrías son de carácter interdisciplinario, y no así las especialidades.
Sin embargo las maestrías y las especialidades tienen una carga horaria presencial muy similar: yo acabo de terminar la Maestría de Administración de Servicios de Salud que brinda la Facultad de Medicina, y la misma exige desde su propuesta académica una fuerte presencialidad (son casi 3700 horas presenciales). Por otro lado hay que tener presente que existen acuerdos del propio país en torno al Protocolo de Asunción, en el cual ya se aprobó el número de horas mínimas requeridas para una especialidad (360 horas presenciales, con una duración de un año).
Ese acuerdo, que firmó el país, es el que va a estar rigiendo cuando nosotros queramos homologar nuestros títulos en el Mercosur. O sea que estos elementos que están por fuera de esta discusión, también hay que tenerlos en cuenta para contextuar lo que pasa dentro de nuestra Universidad, con esta heterogeneidad de propuestas.

Daniel Bordes (Medicina): Medicina no considera de mayor envergadura académica a la especialidad que a la maestría; son diferentes. La especialidad es fundamentalmente, como bien se dijo, una profundización en la línea del ejercicio profesional. Las maestrías y doctorados por el contrario, están orientadas fundamentalmente al desarrollo académico, a la creación del conocimiento y el interés por la investigación. Yo no digo que las especialidades no tengan investigación, por supuesto que la tienen, pero la especialidad es preponderamente profesional, y las maestrías y doctorados son preponderantemente académicas (creación de conocimiento, investigación, formación de nuevos investigadores).
Son diferentes, no son ni superiores ni inferiores, y la carga horaria, tal cual Pilar González lo decía, es muy similar: el mínimo en las especialidades son 3 años (3300 horas), y el mínimo en las maestrías son 2 años (aunque en la maestría de Administración de Servicios de Salud son 3700 horas).
Es cierto entonces que vamos a tener que llegar a equivalencias dentro de la propia Universidad, pero precisamente a lo que tenemos que apostar nosotros es a la calidad de nuestros posgrados.
¿Por qué digo esto? Como ustedes sabrán, la Universidad de Montevideo tuvo una propuesta que se llama “Título de Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria”, que sin ser peyorativo pero sí rigurosamente verídico, la hacen en ocho meses, los viernes de tarde 3 horas, y los sábados de mañana 3 horas. En ocho meses así, les dan un título de Especialista. Eso no llega ni a las 360 horas que nos decía recién la compañera.
La Ordenanza de la UDELAR establece un mínimo de 60 créditos, que equivalen a 900 horas (que pueden ser la mitad presenciales, y mitad de trabajo personal). Una universidad privada puede decir que da un título de especialización con 450 horas presenciales y nosotros no le podemos decir que es una payasada, como efectivamente es lo que hace la Universidad de Montevideo, y asumo la responsabilidad en esto que digo, que está dando un título de Especialista con clases teóricas en la tarde de los viernes y las mañanas de los sábados.

Carlos Anido: Una aclaración respecto del tema de la Universidad de Montevideo: hay un proceso jurídico en curso donde se aconseja por parte de los abogados de la UDELAR, no llamarla Universidad de Montevideo. Oficialmente es el “Instituto de Estudios Empresariales....”, etc., pero hay un juicio en curso y se nos ha aconsejado no utilizar el nombre de “Universidad de Montevideo”, ya que dicho nombre está en litigio.

Roberto Markarián: Me quiero referir a dos asuntos. Uno es este tema de la referencia a acuerdos, o convenios, u otros formatos jurídicos, a los que el estado uruguayo está llegando en materia de enseñanza. Yo no sé cuál es la obligatoriedad que tienen esos acuerdos desde el punto de vista formal, es decir, no se si no son más que recomendaciones o si por el contrario, como sucede con algunos acuerdos en materia de Derechos Humanos o de Guerra, significan una aplicación montada a la legislación nacional.
Lo que sí quiero decir es que la referencia a los acuerdos del Mercosur, debieran de ser vistas por nosotros con cuidado, porque en nuestro caso siempre van a la baja: el sistema educativo brasileño, que es el que prepondera en estas cosas por la masividad que tiene, no es la estrella rutilante que muchos conocemos de los grandes institutos. Decididamente la media educativa brasilera, en cualquier rubro que se le mire (primario, secundario, universitario y post – universitario), es decididamente baja. La media es baja; que existan grandes centros en donde incluso algunos de nosotros tenemos una actividad importante, es otra historia. Por lo tanto la referencia a esos acuerdos hay que hacerla con cuidado, y nosotros podemos tomar eso, si se quiere, como el piso inferior: jamás podemos tomar eso como si fuera lo que queremos y a lo que aspiramos.
Esa es mi opinión, aunque es cierto que esto estuvo en discusión cuando se le pusieron números a esta Ordenanza en la época en que yo participé (a mediados del año pasado).
Yo creo entonces que no tenemos por qué atarnos a una serie de datos que, por estar en el marco de ciertos acuerdos económicos que ahora están en declive total, pretenden aplicarse a las cuestiones culturales y educativas cuando se están dejando de aplicar en los terrenos que originariamente debieran haber sido válidos.
La segunda cuestión a la que me quiero referir tiene que ver con lo siguiente: nosotros deberíamos hacer una reglamentación; el fin de esta discusión está dirigido a eso. Creo que a la vez, dentro de las grandes observaciones que se le puedan hacer a la Ordenanza aprobada, existen dos que me parece que pueden tener consecuencias posteriores:
Una se refiere al artículo primero al que también hacía referencia la compañera del INDE: ¿qué se va a entender por “graduado universitario”? La Ordenanza dice “Se entenderá a quien haya culminado estudios universitarios, habilitado de acuerdo con las disposiciones reglamentarias vigentes”. Esta frase tiene una vaguedad que puede llevar a que tengamos que aceptar todos los títulos que son aceptados justamente por el organismo que hoy está en el tapete por los incidentes que en su seno hubieron. Creo que tenemos que tener cuidado y que esto debe discutirse seriamente: si la reglamentación tuviera que decir que los títulos que vamos a considerar habilitados son los que nosotros hemos considerado que son válidos, pues habrá que explicitarlo: después de todo, esto es una resolución interna de la Universidad, no es una ley lo que estamos haciendo, y podemos considerar que esos son los títulos que nosotros consideramos válidos. Considero que este es un tema fundamental, que puede dar lugar a grandes polémicas.

Daniel Panario: Una aclaración: más adelante, en otro artículo, la Ordenanza dice que cada Servicio establecerá qué es lo que acepta y cuáles son los requisitos de admisión. Eso lo deben reglamentar los Servicios.

Roberto Markarián: Había dicho que habían dos temas. Un segundo tema, es a lo que ha hecho referencia Lebowichs: si efectivamente el criterio de la actividad creativa reciente es la condicionante fundamental para ser director académico de tesis, ese tema no es un tema menor en cuanto a la definición de la calidad del posgrado, sino que se transforma en un tema crucial. Yo no estoy diciendo que tengamos que pedir reconsideración del punto, pero sí digo que los centros que van a discutir esto y que van a tener que opinar de la reglamentación en el proximo mes, pudieran observar esto como un tema importante o eventualmente intentar arreglarlo por la vía de la reglamentación.
Aclaro esto, porque me parece que no son temas menores; estoy tomando los temas que han aparecido acá y me parece que el foro debería ir focalizando en ellos la discusión, de manera de ir orientando una respuesta.
Es difícil que en artículo 6, en el cual se habla de la condiciones para la apertura de maestrías y doctorados, se pueda ser más explícito.
Acá dice: que “deberá disponerse de recursos materiales suficientes, plantas físicas, laboratorios y equipos”. Creo que lo que se podría hacer, y la Comisión de Posgrados Central va a poder tratar estos temas, es ver que los posgrados que van surgiendo o los que han surgido, estén cumpliendo con esta normativa. Creo que la definición que se hace aquí es suficientemente precisa como para que una comisión que la quiera aplicar bien lo pueda realizar. Respecto de la comisión misma, Panario ha hecho una vaga alusión a que el tema esta en discusión; les ruego a los compañeros que estén atentos a la discusión, la discusión se está dando ahora, los decanos saben de la discusión, la CSIC sabe de la discusión, hay nombres en el tapete y eventualmente hay acuerdos tendientes a sacar cierta presentación. Comparto enteramente con Panario, la consideración respecto de que esto no puede transformarse en una repartija entre las Áreas, ni que alguien tenga que estar porque tiene que estar: tiene que estar si es bueno, ese es el primer criterio. Después se tratará de que todos no sean físicos, por ejemplo, sino que haya alguien del área de la salud vinculado a esto o a aquello, etc., etc.. A nosotros nos parece que dentro de los nombres que están boga, no todos cumplen con estos criterios.
Clara Larocca (Fac. de Veterinaria): ¿A nivel del CDC se han mencionado nombres? Daniel Panario: A nivel del Central no se han mencionado nombres; ha existido una consulta a los órdenes y a los decanos.
Roberto Markarián: De los decanos yo puedo decir más que eso, porque me consta personalmente (yo no soy muy atado a ocultar la información que conozco). Los decanos fueron consultados sobre nombres a proponer y se que en algunas Áreas se discutieron los nombres como tales.
Las Áreas son, como ustedes saben, una cosa muy vaga en la Universidad: si son reuniones de los decanos o son algo más que eso, no lo se. Está claro que todos los decanos propusieron nombres de su ámbito para integrar la comisión; por eso les estoy diciendo que se preocupen de averiguar estas cosas, porque eso ha sucedido y se los digo con toda responsabilidad. En el CDC el tema no entró, aunque estuvo a punto de entrar en la sesión pasada.

Mario Wschebor (Fac. De Ciencias): Quiero decir algunas cosas sobre ésta discusión, que por el momento se mantiene en un tenor muy general y no discute aspectos específicos de la reglamentación, a la cual aludió Markarián, y que me parece que debería ser el tema más importante.
Tengo mis dudas acerca de que el texto de la Ordenanza sea modificado; se discutió durante casi 2 años, puede que algún detalle sea modificado, pero ahora va a ser la reglamentación la que va a decir de que manera el texto será aplicado.
Lo segundo, es que me parece que en algún momento tendríamos que entrar en una discusión sobre la reglamentación contra un texto y no solo contra fórmulas generales.
Creo que lo primero que hay que decir sobre la Ordenanza, que si bien me despierta muchos reparos, es que es el fruto de una discusión que duró más de dos años y que ha corregido gravísimos vicios, que estaban presentes en los textos anteriores, y que fueron sometidos a consideración: una tremenda amalgama de las formaciones de reciclaje de graduados, con la formaciones de doctorados, maestrías o especializaciones, una mezcla completa de todos los temas, que en un momento, en que en una parte de la Universidad el tema de las formaciones para graduados ha recibido un tratamiento, en mi opinión, muy peligroso, donde hay muchas personas que han hecho de eso un negocio... Entonces, esa serie de textos han permitido mejoras substanciales, y creo que hay que señalarlo, porque indica también que la actividad de los compañeros que han actuado y que han peleado durante este largo período, no ha sido infructuosa: han permitido cambiar un texto horroroso por un texto que, tendremos cada uno nuestras críticas, pero es un texto razonable. Eso me parece que hay que señalarlo dada la importancia del tema.
Lo tercero que voy a decir es lo siguiente: quiero tomar un punto que se ha mencionado por muchos compañeros, que es el número de horas presenciales para una carrera de maestría; las famosas 500 horas presenciales.
El compañero Bordes recién decía que en Medicina en un programa de posgrado de especialización, estamos hablando de más de 3000 horas presenciales. Esto quiere decir que en realidad estamos hablando de cosas muy diferentes: el tema de las horas presenciales no tiene una significación universal; esto es lo primero que hay que empezar a reconocer.
Nosotros en Matemáticas por ejemplo, tenemos actualmente para la Maestría en Matemáticas, cuatro cursos y dos seminarios obligatorios, además de la tesis, y cada curso y seminario supone aproximadamente un curso semestral que implica unas 60 horas presenciales como máximo, para cada curso.
Para nosotros entonces, son 360 horas un nivel razonable de presencia en los cursos de Matemáticas por parte de los estudiantes de maestría.
Yo les puedo asegurar, que nosotros no tenemos la mano blanda: somos rigurosos, duros y muy exigentes a la hora de cada curso y de la entrega de los diplomas. Tenemos experiencia en el país y la mayor parte de los que trabajamos en esto también tenemos experiencia en muchos países, y no creemos estar haciendo las cosas con ninguna ligereza. Simplemente lo que pasa, es que una hora presencial de un curso de Matemáticas, tiene otro significado, aunque cronológicamente sea lo mismo, que una hora en un curso de laboratorio de una disciplina experimental, por ejemplo.
Las garantías para la calidad y la exigencia no vienen entonces por ese lado; uno si quiere puede poner horas, y debe hacerlo de manera razonable, pero eso no da garantías: ni las da ni las quita. Las garantías vienen por el lado de la seriedad académica de los profesores, del ambiente académico, del nivel de los cursos (...)
Termina grabación lado A

Lado B cassette Nro. 2

(...) medidas que les agrada a los burócratas y que nos desagrada a los profesores, y nosotros no tenemos que hacer un reglamento para burócratas sino para profesores, porque somos la Universidad.
Ahora bien, ¿como se consigue eso? Se consiguió por ejemplo, en esa lucha de 2 años que ADUR llevó adelante, que hubiera una Comisión Central de Posgrados, que no estaba en las reglamentaciones iniciales.
En las reglamentaciones iniciales cada quien hacía su posgrado como quería, y conociendo a la Universidad eso hubiera terminado en un carnaval de posgrados. Tiene que haber una Comisión Central de Posgrados y finalmente se consiguió, y allí está el artículo que la hace vivir. Para que esa Comisión de Posgrados cumpla con el propósito para el cual fue creada, tiene que estar integrada por personas del más alto nivel académico de la Universidad, esa es la exigencia fundamental.
Sin discutir nombres de personas ni comparar la calidad académica de uno y otro o la conveniencia que esté Mengano o Sultano, creo que la exigencia de calidad académica es una condición esencial; sino esta comisión no sirve para nada, no sirve para el propósito para el cual fue creada, que es tener un control intelectual, académico, de nivel, de rigor. Creo que eso es lo más importante y eso es lo que define a los posgrados.
Quiero mencionar un punto más: el tema del cobro. En relación a este tema se han hecho en esta Ordenanza algunos progresos parciales, progresos que para algunos (como en mi caso) no son suficientes, pero que son progresos significativos con respecto a una embestida muy grande en algunos sectores de la Universidad, que hacen negocios con el posgrado, o con otras cosas también, para cobrar con beneficios muy concretos. Eso no está más, por lo menos en las formaciones académicas.
El tema de las formaciones profesionales yo creo que vamos a tener que rediscutirlo, porque sino, lo títulos que valgan en el futuro, van a tener que pagarse, mientras que los que no sirvan en el mercado van a ser gratuitos. Ese tema va a tener que ser discutido nuevamente. Acá se autoriza el cobro de los diplomas profesionales, espero que la Facultad de Medicina no nos salga con un “domingo 7” y termine cobrando los títulos de Cirujano (que son los que “valen”).
Quiero decir que hay una cosa que no está y tiene que estar en la reglamentación: no basta con no cobrar, además hay que dar becas. Ese es un tema muy importante. No hay país del mundo, en que la gente vaya a hacer un posgrado serio en que no haya becas, para que los buenos estudiantes puedan hacer sus posgrados. Porque lo que a nosotros nos va a pasar, ahora que quieren cobrar los posgrados, y aún si no los cobran, si no hay becas, es que los mejores estudiantes se van a ir a otro lado, y el nivel de los posgrados, es el de los profesores y el de los estudiantes. Si los mejores estudiantes se nos van, nuestros posgrados se van a mediocrizar; hay que darles becas a los buenos estudiantes y eso no está previsto en ningún lugar, ni siquiera como declaración en la Ordenanza, y pienso que la reglamentación tiene que tomar este tema como un tema muy prioritario.

Carlos Anido: Yo le recordaría al profesor Wschebor que hay que tener cuidado de no meter otra vez la discusión de gratuidad por la ventana, hay que ser cuidadoso en las expresiones, respetuoso; me parece que la referencia a los convenios, está fuera de lugar, yo podría hacer alguna con respecto algún otro tipo de formaciones, pero me voy a abstener.
Dicho eso, voy a decir que en el artículo 20 hay una cosa más a considerar: no es solo el tema de la horas presenciales, sino que estamos tratando de acordar formaciones que algunas tienen ocho años y medio de grado, otras tienen seis, otras tienen cinco y otras tienen cuatro; ese es el nivel a partir del cual vienen las formaciones de posgrado. El artículo 20 habla de cien créditos, después habla de 60 como mínimo, con lo cual quedan 40 que no serían programados y que no queda claro qué es y cómo es que se van a evaluar. ¿Qué va a pasar con esos 40 que no están programados? Este es también otro aspecto que tendrá que ser discutido.
Mario Wschebor: Voy a contestar la alusión: cuando Anido comenzó diciendo que me iba a recordar algo, dado que tengo algunos añitos, me vino un poco de inseguridad porque temí haberme olvidado de algo. A veces me pasa. Pero no, resulta que no me recordó nada: me dio una lección de moral. Para eso me parece que estoy perfectamente sano y recuerdo todo perfectamente bien. No necesito Anido lecciones de tu parte; aprendo lecciones de mucha gente, pero en general elijo de quién aprendo las lecciones.

Clara Larocca: El Prof. Wschebor mencionó el tema de las becas. Al respecto, primero quiero decir que es un planteo muy justo, pero es un planteo acerca del cual ADUR ya tomó posición. Estamos hablando de la reglamentación, creo que aquí cabría por parte de la mesa, explicarle a los compañeros qué criterios tomó ADUR respecto a las becas: si yo no recuerdo mal, aludía a que se llevara al CDC el planteo de que en el artículo 10 se planteara que en todas las actividades de posgrados a aquellas personas que reunieran las condiciones académicas y demostraran no tener recursos económicos para realizar los posgrados que son profesionalizantes (pagos), se les daría cupos de beca.

Daniel Panario- Creo que estamos entrando en la discusión del artículo 10 que expresamente lo íbamos a dejar para mañana. Esto fue un peloteo general pero creo deberíamos centrarnos en los primeros 9 artículos. Dentro de ellos lo que está claro y aparece como sustantivo es el tema de la Comisión Central de Posgrados, el tema del nivel académico y de las características que debe tener esta comisión. Creo que las opiniones de ustedes van a ser muy importantes en relación a la fuerza con que nosotros podamos plantear después nuestros requerimientos.
En relación a lo que planteaba la compañera Larocca, efectivamente lo que ADUR llevó adelante, fue la idea de que el estudiante que justificara no poder pagar no pagara, y que se estableciera un sistema de becas. La resolución en la Ordenanza dice que en todos los casos se establecerá un número de exoneraciones en el pago de los posgrados cuando estos sean pagos.

Nibia Berois (Fac. Ciencias y PEDECIBA Biología): En forma breve porque coincido con Panario en que hay que tratar los artículos que estaba programado que se trataran, pero siguiendo un poco la línea del tema, quería recordar que el PEDECIBA tiene una trayectoria de más de 15 años y que sería muy útil tener en cuenta todos los pasos que a dado el PEDECIBA con respecto a medir la calidad de los docentes que dirigen tesis y medir la calidad de los investigadores extranjeros que vienen a dar cursos. Sobre eso hemos tenido que trabajar muchísimo durante todos estos años y hemos cambiado muchas veces, ha sido un programa que es flexible y que permanentemente se está autoevaluando. Otro aspecto en el que tenemos experiencia es tema de las horas presenciales y de los créditos, que son variables.
Pienso que la experiencia del PEDECIBA no debería dejarse de lado al momento de establecer realmente el reglamento y de tener que poner números, porque es muy difícil evaluar cursos diciendo “15 horas es un crédito”, es muy difícil establecer desde allí la calidad.
Hay ya entonces camino recorrido, hay tropezones, hay vueltas atrás, y hay mejoramientos, pienso que esto no tenemos que dejarlo sin que se aproveche.

Pilar González (INDE): Quería proponer algunos elementos que podrían integrar el perfil de los que van a ser seleccionados para integrar la Comisión de Posgrados, para poder trabajar en base a algún texto acordado.
Pensaba que dentro del perfil se podría poner algún elemento que tuviera que ver con trayectoria en la docencia Universitaria a nivel de grado-posgrado, formación académica de nivel superior realizada en instituciones reconocidas y/o el equivalente en desempeño docente, y capacidad investigadora demostrada.
Respecto de los integrantes de esa Comisión de Posgrados, pensaba que por lo menos dos de ellos deberían tener formación especializada en planificación educativa, evaluación de currículums de posgrados o acreditación de posgrados: hay gente en el país que se ha formado en ese sentido. Esto es lo que a mi se me ha ido ocurriendo a medida que los compañeros iban realizando sus intervenciones; de repente entre todos podemos llegar a construir un perfil para proponerlo.
También pensaba que la selección de los candidatos que van a integrar la Comisión de Posgrados debería realizarse, no en base a que exista un representante por Área, sino en base a competencias que nosotros hayamos definido. Quizás también podríamos proponer incluir, por lo menos, una presencialidad heterogénea en lo disciplinario, de modo que no todos los integrantes de la Comisión pertenezcan a una misma Área.

Daniel Panario: Quiero hacer una precisión en relación a lo que decía la compañera de Enfermería, y es que, investigadores o que dicen estar investigando, son el 20% de los docentes de la Universidad. Estoy seguro que ni el 1 % de ese 20% debería estar en la Comisión Central de Posgrados. Desde mi punto de vista, debemos apuntar al primer nivel dentro del primer nivel, eso es lo que hace cualquier Universidad del mundo que se precie, los Servicios eligen para sus comisiones de posgrados a los docentes de más alta calificación. Corremos el riesgo de que la Universidad, cuando nombre su Comisión de Posgrados, nombre personas que están por debajo, académicamente, de los integrantes de las comisiones de los Servicios.
Eso no puede suceder, porque si así fuera la Comisión perdería autoridad. No puede suceder, no corresponde, que una comisión de un Servicio tenga un nivel más alto que una Comisión Central. Entonces estamos pensando no solo en que tengan posgrados, que tengan experiencia, sino que debemos apuntar a lo más alto que tengamos como para que tengan la autoridad además para asesorar en relación a propuestas de sus colegas, que son de primer nivel.

Daniel Bordes (Medicina)- Yo no le pondría el término “investigadores”: acá la Ordenanza dice “de la más alta relevancia académica”. He visto que en ADUR CENTRAL cada vez que se piensa en carreras de postgraduación, se piensa exclusivamente en maestrías y doctorados.
Yo les quería comentar a los compañeros que en Medicina por año ingresan aproximadamente 1000 alumnos a carreras de especialistas, y que en el resto de la Universidad estoy seguro que no ingresan 1000 alumnos a carreras de maestrías y doctorados. Entonces no pensemos exclusivamente en investigadores; en lo que si estoy completamente de acuerdo con los compañeros, es que quienes integren esa comisión tienen que tener alta relevancia académica, la cual no solo se mide en la investigación.

Alfredo Viola (Fac. Ingeniería)- Tengo una pequeña pregunta y después un comentario. ¿Cómo es que vamos a proceder? ¿Después de esto deberíamos tener una propuesta escrita?

Ofelia Gutierrez: Este foro no es resolutivo, estamos tratando de sacar ideas para crear un reglamento y puede que de alguno de lo artículos terminemos con una propuesta de redacción pero no es un foro resolutivo; es un foro donde invitamos a la mayor cantidad de actores vinculados a los posgrados y además a los militantes de ADUR. Lo que intentamos es tener puntos para poder llegar a un reglamento de cada uno de los puntos.

Alfredo Viola- Tengo un comentario sobre el artículo 20:me parece que uno de los problemas grandes que tiene esta Ordenanza, es que hay una gran variedad en diferentes aspectos: por ejemplo, la maestrías de PEDECIBA, los posgrados de Medicina, etc., que de un plumazo, con mínimos de cantidad de años o cantidad de horas, se quiere reglamentar. Esto puede tener sentido para ciertas carreras pero no para otras, entonces, hay que tener un poco de cuidado cuando se ponen esos mínimos, en el sentido de que puede no considerar las realidades. Querría que ese tipo de diferencias pudieran estar contempladas en el reglamento.
Pilar González: Para aclararle al compañero: lo que nosotros entendimos de la Ordenanza, es que justamente se establece un plazo mínimo para que las instituciones que estamos desarrollando posgrados nos podamos ajustar a esta propuesta. Nosotros en el Instituto estamos desarrollando maestrías, y esas maestrías tienen una diferencia de créditos con esta Ordenanza propuesta, como así también una diferencia de horas. Lo que nos está diciendo esta Ordenanza es que en el plazo de 1 año, una vez que se reglamente la misma, nosotros debemos ajustarnos a ese mínimo de horas presenciales y a ese mínimo de créditos. Eso es por lo menos lo que nosotros entendimos en la institución y estamos trabajando en ello. Aprovecho a decir que en el Instituto se creo el Centro de Posgrado que es el que regula toda la actividad, no solo vinculadas a las maestrías que tenemos funcionando sino también a las especialidades y a las actividades de formación permanente. Se regula a través de una comisión directiva que está integrada, como decía también el compañero de Medicina, por los tres órdenes y la dirección de posgrado, y tres comisiones: una técnica que tiene que ver con toda la propuesta de planes de estudio, una comisión científica que es la que se aboca exclusivamente a la selección de tutores y líneas de investigación de las tesis, y una comisión de reválidas.

Alfredo Viola- Me parece que no me expresé bien: lo que yo quería decir es que alguno de los mínimos que piden ahí, que se acordaron, no necesariamente tienen sentido para maestrías o programas que se están haciendo hace muchos años, como los del PEDECIBA, y si bien entiendo, hay que acomodarse a la Ordenanza, hay que tener cuidado ya que hay diferentes realidades que hay que tener en cuenta, que tienen gran tradición y ciertos mínimos, no están acorde con esa tradición, con ese trabajo de maestrías que reconocidas y establecidas hace mucho tiempo. Lo que decía era que en el reglamento se considerara esa situación, porque me parece importante que todos estemos de acuerdo con la Ordenanza pero hay que tener cuidado en ciertos aspectos que pueden ser peligrosos.

Daniel Panario: En relación a lo que dice Viola y decía Mario previamente, mencionar que las excepciones las resuelve luego la Comisión Central, acá hay un reglamento y todo es exceptuable y a nadie se le va a ocurrir, por ejemplo, a Matemáticas que tiene 15 años dando títulos de master y doctor, decirle que tiene que dar más horas presenciales. Por eso creemos que debemos centrarnos en este momento en este tema, porque la Comisión Central de posgrados es el tema fundamental.
Estábamos comentando con Markarián, que el procedimiento que se había decidido seguir en el CDC, era que la CSIC hiciera consultas y formulara una propuesta preliminar. En realidad me observaba Roberto, que viene como una resolución de la CSIC, lo cual es un error desde el punto de vista del procedimiento y que nos va a dificultar de aquí en más la negociación de ésta temática. Por eso les digo que tengo suma preocupación en el tratamiento de este tema, porque viene con una especie de vicio de partida, como una resolución de la CSIC.

Daniel Bordes (Medicina)- La Comisión Central de Posgrados según el inciso “G”, solo debe informar acerca de las propuestas de posgrado que de modo excepcional se aparten de los requisitos de esta Ordenanza. Quien resuelve en definitiva es el CDC. La Comisión Académica de Posgrado, que es el sucedáneo de lo que había sido en las primeras versiones de la Ordenanza la CSIC, es solamente asesora: quien determina es el CDC.
De todas maneras le permite cierta movilidad a cada uno de los Servicios como para poner sus límites, para proponer sus excepciones y para poner sus pisos, sus límites, sus exigencias, como hasta ahora se ha venido realizando.

Carlos Anido: Mi pregunta es: ¿Cuáles son los nombres que se estaban manejando? A esta altura de la vida, me interesa y no soy el único, no me gustaría que me cocinaran.

CASSETTE Nro. 3
Lado (A)

Roberto Markarián- Yo quiero referirme al procedimiento sobre el cual se preguntó. La idea es que los tres que vamos a moderar hoy, que somos los tres que estamos aquí, cada uno en un rubro, vayamos sacando notas sobre las propuestas que se están haciendo y hagamos rápidamente un informe donde se planteen los temas, de modo que los centros que son los que van a resolver sobre esto en un plazo breve, traigan sus iniciativas. Creo que sería sano que de ahora a mañana los compañeros que tengan propuestas sobre los temas que hemos tratado las hagan llegar por escrito.

Destaco que de esta primera tanda de artículos los temas que están en discusión son :

  • qué se entiende por un grado dos universitario
  • las características de la Comisión Central de Posgrados
  • las exigencias para habilitar un posgrado
  • las condiciones de los docentes para dictar (eso está implícito en el artículo 7) o ser director académico u orientador de tesis.

Sobre este conjunto de cuestiones sería bueno tener ideas y textos que ustedes nos manden, de manera que empecemos a armar la posible reglamentación, eventualmente con opciones, aunque los perfiles sean distintos. Mañana al discutir alguno de estos aspectos hagamos lo mismo, en particular con todos los temas que tienen que ver con el cobro, exenciones, etc.
Sobre el asunto de los nombres, el tema esta planteado, yo insisto en que estoy un poco sorprendido porque aquí hay gente que participa de las actividades de posgrado, y de las actividades de los Servicios y que casi nadie sabe nada de esa discusión. Esa discusión tiene 20 días, hay consultas variadas, hay muchos Decanos que han opinado...; yo creía que había mayor consulta a la base de los Servicios, pero veo que no. Creo que eso es preocupante, quizás convendría al final de todo hacer un capitulo para hablar de eso, porque ya existen nombres (que no quepa duda de eso).

Mario Wschebor: Con relación a esta agenda inmediata que planteaba Markarián para esta discusión primaria (integración de la Comisión, designación de directores de tesis, calidades para eso, etc.), yo creo que hay que agregar un punto que es de la misma naturaleza y que está repartido en varios artículos, que son las calidades para integrar los jurados de tesis. Creo que es un tema bastante importante y que también fue objeto de discusión.
A mi en particular en lo que se refiere a las tesis de doctorado, me parece que la Ordenanza no es lo suficientemente exigente en cuanto a evitar el tratamiento del tema demasiado al interior de la institución o de la Universidad en general. Creo que es muy importante la presencia de jurados externos y también la elaboración de informes por parte de personas ajenas al medio académico de las tesis; creo que eso no es contradictorio con lo que dice el texto, y tendría que ser objeto de reglamentación. Es del mismo tipo de problemas que mencionaba Markarián en su agenda inmediata.

Iris Peña (Fac. de Psicología)- Creo que mi propia Facultad tampoco se caracteriza por ser de las mas ordenadas, pero me aboco a cierto orden y propongo empezar por el artículo 1, para centrar la discusión que se estaba dando. Yo no se si existe la posibilidad de transformación de lo ya aprobado, pero quizás debamos atenernos en un principio a lo aprobado y analizarlo, por eso los remito a la lectura de ese artículo.
Cuando en el artículo se plantea lo de “graduado universitario”, estamos frente a una dificultad particular en el ámbito de la Psicología: hemos tenido recientemente la aprobación de una ley, todo el tema de lo privado hace carne duramente en nosotros...
Este artículo dice qué entiende por graduado universitario: “ quien halla culminado estudios Universitarios habilitados de acuerdo con las disposiciones Universitarias vigentes y con las exigencias que para ello tiene la U.R”. A mi gusto el “y”, que hace a la disyunción, a la diferencia, deja abierto que la U.R desde sus competencias, determine incluso algo diferente a las disposiciones reglamentarias vigentes, que tendrían que ver con el artículo 108, etc. Creo que una reglamentación lo más amplia posible y lo menos restrictiva que se pueda, es la que nos da más libertad de movimiento, creo que no confrontamos ni llamamos a la confrontación a nadie de ningún ministerio con esta reglamentación. Eventualmente sí lo podríamos hacer, si por ejemplo ponemos que no hemos de aceptar a gente cuyos planes no han sido aprobados en cada Servicio.

Roberto Markarián: Está claro que mañana vamos a discutir específicamente, la parte de la estructura de la maestría y doctorados. Yo rogaría que trajeran propuestas, sobre los aspectos que a ustedes les pareciera útil reglamentar. Todas ellas serán tomadas de manera de integrarlas al juego de temas que bajen a ADUR a ser discutidos. También vamos a discutir lo referente al artículo 10 y los diversos enfoques que aquí se han dado.
Creo que sería bueno que los temas que se han tratado aquí los pongamos por escrito, de manera que se tenga la sensación de que se está avanzando sobre un tema importante, y podamos ver cuáles son sus principales defectos, más allá de los elogios que aquí se realizaron sobre los pasos que se han dado. En particular es importante que los centros discutan respecto de si es necesario purificar algunos de los textos específicos de la Ordenanza misma por más difícil que ello sea, visto que la Ordenanza como tal ni se ha empezado a aplicar.
Mañana haríamos un resumen de lo que hemos tratado hoy y trabajaríamos sobre los artículos que se refieren a la organización de las maestrías y doctorados donde efectivamente hay aspectos que es necesario reglamentar para que ellos estén mejor.
Yo creí que algunos de temas habían sido tratados en el PEDECIBA, y como aquí hay gente de allí, sería bueno que si existen propuestas fueran planteadas.

Mario Wschebor (Fac. de Ciencias): El PEDECIBA está discutiendo en este momento una reforma de su reglamentación de posgrados. Los títulos de maestría y doctorado del PEDECIBA son títulos que otorgan la U.R.
El PEDECIBA expide el diploma conjuntamente con la U.R, en Matemática, Física y Biología por la Facultad de Ciencias, en Química por la Facultad de Química, y en Informática por la Facultad de Ingeniería. Van con la firma del Decano correspondiente, del Rector y del Director del PEDECIBA.
La Universidad debe aprobar la reglamentación del posgrado y la reglamentación de posgrado de PEDECIBA debe ser compatible con la reglamentación universitaria. Entonces paralelamente a la discusión del PEDECIBA de la reforma de sus posgrados, y a partir de una serie de experiencias que se derivan desde el año 1988 (desde que existen y funcionan estos posgrados) ha habido una serie de propuestas de cambio. Antes de aprobarlas el PEDECIBA se encontró con que la Universidad había aprobado su Ordenanza, que había algunas aparentes incompatibilidades y que en lugar de aprobar un reglamento convenía buscar un acuerdo previo a la aprobación a los efectos de que hubiera compatibilidad. Los aspectos mas importantes, donde hay diferencias, tienen que ver con este tema de las 500 horas presenciales para un título de maestría. Esta reglamentación no existe en el PEDECIBA.
Luego está el tema de requisito de tener un diploma de magister para ingresar a una carrera de doctor; eso actualmente en el PEDECIBA existe como reglamentación y por la vía de excepción se puede anular. El PEDECIBA se proponía en la mayoría de sus Áreas suprimir esta precondición, es decir, hacer un programa de maestría y uno de doctorado que puedan ser consecutivos o no. Eso quiere decir que una persona puede ingresar directamente al doctorado, a hacer cursos de doctorados y estar pronto para la preparación de su tesis con garantías académicas de otro tipo. Una de las razones por las cuales esto es promovido es que las carreras académicas se volvían extraordinariamente largas: estamos frente a una situación en la que las maestrías están teniendo un mínimo del 3.7% y recién en ese momento la persona empezaría a poder tener su tutor para preparar su doctorado. Por lo tanto para los jóvenes que son aceptados para el doctorado en las mejores Universidades del mundo con una buena beca, la opción es irse. De modo que una manera de proteger nuestros posgrados locales era abrir una vía con todas las garantías del caso para jóvenes que quieran hacer un doctorado, que hagan su escolaridad de doctorado, su examen de calificación, y su trabajo de tesis en el Uruguay y que en un período de aproximadamente 4 años puedan terminar un doctorado.
A partir de aquí quiero hacer dos observaciones informativas . Lo primero que la directiva del PEDECIBA consideró fue el tema de las 500 horas y le pidió a Jorge Ares Pons que es miembro en nombre de la Universidad de la Comisión Directiva del PEDECIBA que informara si efectivamente había algún tipo de reglamentación de posgrado a nivel de MERCOSUR al cual la Universidad se estuviera sujetando cuando puso las 500 horas presenciales en el artículo correspondiente. Ares Pons informó que no había ninguna reglamentación general de este tipo al nivel del MERCOSUR. Este es entonces un primer aspecto a señalar: al día de hoy no existe ningún tratado internacional que imponga la 500 horas presenciales, de acuerdo a lo informado por Ares Pons. En los otros aspectos el Director del PEDECIBA y la delegación universitaria en la Directiva del PEDECIBA, quedaron en conversar con el Rector y con el Prof. Cabaña a propósito de los temas que tengan que ver con la Ordenanza, con la idea de que de alguna manera pudiera haber alguna compatibilización entre la reglamentación que haga la Universidad y los reglamentos que el PEDECIBA está discutiendo.

Clara Larocca (Fac. de Veterinaria)- Esto profundiza mucho más la preocupación que plantee al principio. Me había olvidado que es la Universidad la que otorga los títulos, entonces, hay una cosa que parecería clara: la Universidad tiene que emitir con el mismo criterio los títulos de maestría y doctorado. El PEDECIBA y las maestrías y doctorados de la Universidad van a tener que regirse por reglamentaciones similares.
A lo que plantea Wschebor, yo le agregaría lo que ya dije al principio: el tema del título de grado para ingresar a la maestría; me parece que es más importante el título de grado para entrar a la maestría, que la carga horaria.

Mario Wschebor- Por el momento no se ha encontrado ninguna incompatibilidad entre las reglamentaciones vigentes y la Ordenanza aprobada por la Universidad, en materia de título de grado para ingresar al posgrado. De momento esto no apareció como discordancia; en cambio sí se encontraba en los otros puntos que hemos mencionado.

Carlos Anido: Me preocupa que la CSIC y Cabañas aparecen mucho en esto, pero al mismo título tendrían que aparecer consultados..., si la investigación no es lo único, como dijo Medicina, al mismo título también tiene que aparecer consultados los compañeros de Medicina.
Unos de los depositarios de los posgrados son los egresados; los nombres propuestos tienen que tener autoridad. Estamos hablando de que, sobre todo en una primera versión tiene que haber gente con autoridad frente a los egresados. También debería de consultarse a la Comisión Sectorial de la Enseñanza.
Dicho sea eso agrego que en el artículo 9 se pone como una observación, “se requerirá demostrar comprensión lectora en lenguas extranjeras” .
Normalmente eso debería ser un requerimiento de grado y no de este nivel. Después, peligro, dice: “Cada Servicio reglamentará la característica de dicho requisito”. Esto también puede ser fuente de contradicciones.
También es cierto que como esto fue una discusión y se aprobó, una vez que se acordaron las 500 horas es complicado cambiarlas; hubiera sido bueno que muchas de estas observaciones se hicieran antes.

Nota: El cassette 4 quedó mal grabado por problemas en el equipo de amplificación y grabación.

CASSETTE Nro. 5 (Lado “A”)

Roberto Markarián- (...)reciente, es una exigencia exagerada. Puedo dar ejemplos variados pero en particular si uno está pensando en la apertura de nuevas líneas de trabajo de posgrado, es notorio que la participación, ya sea de docentes veteranos o de docentes de otras Áreas, para la orientación académica se transforma en fundamental.
De esto puedo dar el ejemplo de mi área en ramas no desarrolladas de la matemática y seguramente hasta en las especializaciones en la medicina puede surgir ese problema.
Pero está claro que si uno quiere abrir Áreas nuevas en posgrado, es bueno que la veteranía o las ramas cercanas colaboren en la orientación académica de los estudiantes y eso está aquí en principio prohibido.
Específicamente dice “en el área respectiva” (en relación al doctorado).
Yo insisto desde la lectura textual, no estoy diciendo que haya que cumplir todo, pero en un principio las Ordenanzas están para cumplirlas. Cuando dice “actividad creativa reciente” quiere decir lo que dice y eso no digo que ignore la veteranía pero, colabora a ignorarla.
Yo creo que tampoco hay que cambiar eso pero me parece más difícil que en el reglamento diga que no se cumpla: el reglamento no puede decir eso; sí me parece claro que se pueden arreglar los otros dos problemas.
Respecto de estos problemas que estamos tratando ahora, creo que es lo que tengo para decir. Es fundamental sin embargo destacar, que más allá de cualquier esquema que se use lo que importa es que el sistema tenga un control de calidad no solo eficiente sino profundo por parte de la Comisión Académica Central de Posgrado, de manera que todas estas deficiencias que estamos viendo y que se podrían cometer caminando por intermedio del articulado, se uniformicen a nivel de la Comisión Central.
Yo quiero también destacar que a mí me parece importante que haya una Ordenanza de este tipo. La Universidad está haciendo esfuerzos por propugnar que su personal docente tenga título de posgrado, por lo que la presión para los posgrados va a ser y está siendo muy grande, y por lo tanto el fijar pautas razonablemente uniformes para lo que se va a llamar maestría, y lo que se va llamar doctorado, es fundamental.
Por eso me parece que la existencia de algo parecido a esto es positivo y un muy buen primer paso.

Daniel Panario- Es muy breve lo que voy a decir porque la mayor parte de las cosas ya las ha dicho Markarián. El PEDECIBA tiene algunos años de experiencia (de la buena y de la mala), mientras que la Universidad, como organismo, recién empieza a hacer dicha experiencia. Sería bueno entonces, considerar la experiencia del PEDECIBA.

Pilar González (INDE)- Yo quería decir algunas cuestiones generales en las cuales deberíamos, creo yo, centrar la discusión. Parto de la idea que la Ordenanza ya fue aprobada y que estamos a destiempo de poder cambiar cualquier artículo de los que fueron aprobados; por lo tanto quisiera centrar la discusión en algunos complementos que se podrían hacer a través de la reglamentación, que podrían mejorar algunos déficits que estamos detectando en esta relectura que estamos haciendo de esta Ordenanza.
En ese sentido, también quería decir que me parece muy bueno que esta Ordenanza establezca mínimos en relación a lo que significan las carreras de posgrados para especialistas, master y doctores; ¿por qué digo que es bueno esto?: porque no esta diciendo que nosotros todos tengamos que tener unos máximos, sino que simplemente dice: la carrera de maestría tiene que tener un mínimo de horas presenciales de quinientas horas.
¿De donde se sacaron estos mínimos de horas presenciales? Pienso que no se están desconociendo los acuerdos del MERCOSUR, porque en ellos está todo claramente especificado: especialidades: cuatrocientas horas presenciales (las horas presenciales son de sesenta minutos) con un año de duración; maestría: quinientas horas presenciales, duración dos años; doctorado: mínimo duración tres años y mínimo de horas presenciales seiscientas.
Eso es un acuerdo que se estableció en el MERCOSUR, por lo tanto cualquier homologación o cualquier tránsito que nosotros queramos hacer para que nos reconozcan en este contexto los títulos otorgados por la Universidad, deberíamos haber contemplado esos aspectos que ya están, desde mi punto de vista, contemplados en esta Ordenanza.
Por lo tanto me parece bueno que establezcan esos pisos mínimos.
En segundo lugar yo quería referirme a algunos aspectos inherentes al artículo 7: tiene que ver con especificar un poco más las características de los docentes que van a enseñar las carreras de posgrados. En ese sentido creo que tampoco debemos desconocer lo que nosotros desde la propia Universidad les estamos exigiendo a las Universidades privadas.
Este punto no me parece menor, es decir, nosotros a través del decreto 308/95 a la hora de analizar las propuestas académicas de las Universidades privadas estamos pidiendo determinados niveles a los docentes que van a impartir esas carreras, y en ese sentido en uno de los articulados (no me acuerdo en este momento cual es) nosotros decimos que las tres cuartas partes de los docentes que integren el plan de estudios de cada carrera de posgrado, deberá poseer al menos el título que otorga la carrera que integra.
Es decir, a través de este artículo estamos exigiendo que cuando nosotros ofrezcamos una carrera de posgrados tengamos una masa critica mínima que nos garantice esos estándares de calidad a los cuales estamos apuntando.
También podríamos incluir dentro de la reglamentación algo que tuviera que ver con que la mayoría de los docentes que participe en los cursos de posgrado deben tener como antecedente la docencia en la Universidad de la Republica no inferior a cinco años. Este aspecto tampoco es menor porque estos elementos no están contemplados en la Ordenanza y a la hora de implementar las carreras de posgrados dentro de la propia Universidad, nos podemos encontrar con sorpresas tales como que los cursos de maestría o doctorado los estén desarrollando mayoritariamente docentes que no tienen ni experiencia de docencia en la Universidad, que fueron a hacer las maestrías fuera del país y que ni siquiera están en el contexto de lo que nuestras propias necesidades determinan.
El otro aspecto que también creo es importante considerar es otro de los artículos que nosotros le exigimos a la hora de valorar la característica del cuerpo docente para las Universidades privadas, y tiene que ver con que la mayoría de los docentes que integren los cursos de posgrados deben ser ciudadanos uruguayos o residentes legales con un mínimo de permanencia en el país de tres años. Este elemento tampoco es menor porque nosotros nos hemos encontrado a la hora de valorar propuestas educativas de las Universidades privadas, que se intenta desarrollarlas con la mayoría del plantel docente proveniente del exterior, sin ningún arraigo o permanencia en el país. Creo que este artículo 7 de la Ordenanza se podría complementar a través de alguno de estos aspectos propuestos a la hora de definir los reglamentos que podamos especificar.
También creo que nosotros podríamos incluir, o dejar más general a través del reglamento, el aspecto tan limitacionista que se plantea en relación al ingreso a los doctorados al exigir él título de master.
No sé porque razón eso quedo de esa manera; creo que es muy limitacionista el hecho de que nosotros estemos exigiendo para los doctorados el nivel de master, es más, creo que es inconveniente este artículo porque lo que pretende el doctorado es desarrollar al máximo la capacidad creativa y eso no se logra o garantiza teniendo un título de master. Hay gente que egresa de las carreras con un título de licenciado y tiene condiciones creativas como para poder incorporarse inmediatamente a un doctorado. Creo que eso también se podría mejorar a través de la reglamentación que propongamos al respecto.

Elizabeth Bozzo (INDE): Con respecto a la temática es muy poco lo que voy a agregar.
Simplemente lo de la carga horaria: es importante (más allá que puedan plantearse algunas formas que contemplen otras situaciones) no solo por lo que tiene que estar el estudiante, sino también es importante para determinar qué cantidad de tiempo docente vamos a necesitar: si no, puede haber tiempos docentes ociosos, que quizás terminan afectando los cursos de grado (creo que es en el artículo 5, que se hace alusión a un necesario cuidado de los cursos de grado).
Respecto de lo que Pilar planteaba acerca de que el docente tuviera experiencia docente, creo que es una cosa, porque de esa manera estamos promocionando a los docentes que tienen un ejercicio “X”, de “X” años.
Con respecto a la dedicación horaria, Roberto Markarián hablaba de, a pesar de que las clases son presenciales, plantear la posibilidad de instrumentar una metodología de educación a distancia porque sino hay una cantidad de gente profesional que nunca podrá venir a Montevideo o a algún otro centro como la Regional Norte a hacer estos cursos.
Lo otro es sobre el sistema de control, donde es importantísimo determinar algunos aspectos de medición de calidad (si bien un reglamento no es el instrumento para medir esto).

¿María Viñas? (Intervención sin autopresentación): Voy a decir algunas cosas que creo son importantes: el proceso de redacción, Markarián lo contó bien, fue un proceso bastante largo, entreverado, se atrajo mucho la atención sobre el tema del cobro o no cobro y eso en cierto modo dejó de lado aspectos académicos. Se trató de perseguir una doble finalidad que la compañera capta muy bien: por un lado reglamentar los posgrados de la Universidad pero también dar una referencia hacia el exterior, de cómo son y por lo tanto de lo que uno puede pedir o controlar a otras Universidades o instituciones llamadas Universidades. Eso condujo en algunos momentos a una doble exigencia que determinó una exigencia taxativa alta en cuanto a la actividad programada, en cuanto a quien dirige tal cosa o a quienes dan tal clase, porque en ese momento se vio desde afuera.
El tener doble finalidad perturba las cosas y las hace difíciles y con riesgo de no ser enteramente satisfactoria para ninguna de ellas, pero en general yo creo que se adopto una solución de compromiso.
Hay muchas cosas que me parecen criticables y me parecen a mejorar, pero partiría de la base de que en este momento esto es lo que hay, es mejor que haya esto a que no haya nada: los posgrados en la Universidad eran totalmente diversos hasta la incoherencia y esto es un aporte en ese sentido; me parece que todo va a depender mucho de la Comisión Central, es decir, como todo, depende del buen criterio de las personas y sin buen criterio de las personas no hay Ordenanza que lo arregle. Así que va depender mucho del control posterior y del manejo que se haga de las cosas.
Hay un elemento en falta, que tal vez me parece el más importante y tiene relación con lo que ustedes decían recién, que es la definición de “actividad programada”: si ustedes lo miran con cuidado en algún lugar dice ”no menos de ´tanto´ de actividad programada, no más de ´tantos´ créditos...”, pero, qué es la actividad programada, ni siquiera por la vía del ejemplo se dice. Si yo no recuerdo mal y perfectamente puedo recordar mal, en algún momento eso estaba dicho. Este artículo terminó saliendo en un proceso de poda bastante fuerte; esto empezó siendo muchísimo más largo de lo que es y se quedó en que eso fuero definido en cada Facultad; es importante que eso se defina en cada Facultad y que se haga con cierta coherencia.
Cuando uno se pone a definir la actividad programada, enseguida se enfrenta con el problema de la presencialidad: ¿cómo se define la presencialidad? Es un camino que no es el perfecto, pero hay que definir algún tipo de horas presenciales equivalentes, horas presenciales en que uno evalúa la actividad. Yo creo que se puede atacar por la vía del crédito, y ésta es otra de las cosas que quería decir: que esta definición del crédito es correcta pero incompleta: el crédito son “tantas” horas de trabajo, pero de trabajo necesario para aprender contenidos novedosos, el trabajo necesario pertinente a la carrera para aprender contenidos novedosos.
Una vez establecidas las horas de esfuerzo necesarias y pertinentes para un aprendizaje novedoso, uno lo puede aplicar con buen criterio a actividades que no son estrictamente presenciales: uno no puede contar las horas sentado en una silla, como la puesta a punto de un método analítico o como el estudio personal, cuando por ejemplo no existe el volumen necesario de personas para ofrecer un curso en el sentido tradicional de la palabra.
Entonces pienso que por esa vía los diferentes Servicios van a reglamentar las actividades programadas, con amplitud. Me parece que es esencial tener amplitud en las actividades programadas: por ejemplo admitir pasantías en el exterior porque son reales, porque así se hacen las tesis en maestría y doctorado. Entonces si se las evalúan en crédito tenemos más o menos arreglado el problema de la presencialidad; yo creo que en su momento se tuvo que poner justamente a efectos de comparación con otras instituciones y es uno de los problemas, es un tema a reglamentar.
La otra cosa que quería decir, no tiene que ver estrictamente con la Ordenanza pero si tiene que ver con algún criterio que se ha manejado desde el punto de vista de la carrera docente.
Se ha manejado creo, esto es subjetivo, como la exigencia de tener un posgrado. A partir de “tal” momento vamos a tender a que todos los docentes tengan que tener un posgrado. Me parece bien, pero el acento más que en la obligatoriedad de algo, lo pondría en la oportunidad que brinda el ser docente. Ser docente en casi todas partes del mundo (ser docente grado 1 o grado 2) es la posibilidad de hacer un posgrado; yo más bien lo enfocaría para ese lado, es una buena oportunidad y le añado un fuerte atractivo a un cargo docente, que tiene varios bemoles principalmente en la remuneración. Pero uno pone el acento, y tiene que insistir en eso, “esto a usted le da una oportunidad” y dejarles justamente el tiempo para que la gente lo haga porque es su formación.
Los grados colaboradores (grado 1 y 2) no están para enseñar todo el tiempo ni para asistir en Áreas accesorias de la investigación. Están además de eso para formarse y cuando uno tiene un posgrado de formación lo normal es que sea por la vía del posgrado.
Antes no teníamos, entonces era como una especie de posgrados informales; pero sí tenemos, lo normal es que sea de posgrado y que la gente lo vea como una ventaja de la carrera docente.
Por último, quería decir que aquí se refirieron a dos tipos de posgrados, y que esos dos tipos van a existir bastante tiempo y es deseable que coexistan: uno de ellos es un posgrado típicamente académico que tiende sobre todo a formar a los docentes y el otro es el posgrado de tipo curricular: más que de tipo profesional digo curricular porque las clases están organizadas, porque se provee un andamiaje mucho más fijo, en el que seguramente va a haber mayor predominio en la actividad programada sobre la tesis.
Pero nosotros tenemos que tener cuidado en que ambos sean de buen nivel, porque para que la Universidad de la Republica haga posgrados es esencial que sea una referencia en materia de posgrado. Se necesita una forma de organización distinta y necesariamente van a ser bastante diversos.
El ejemplo lo conocemos en algunas facultades y además conocemos que puestas en marcha las cosas luego no se dan en absoluta pureza.
Por ejemplo, una vez instalado un posgrado curricular, que supuestamente es más bien para los profesionales, resulta que hay docentes que van a ese posgrado curricular porque eso les interesa, y a la Facultad le interesa también que vayan porque no quiere tener a todos sus docentes iguales, cortados por el mismo molde, sobre todo en una Facultad en donde se hace enseñanza de tipo tecnológico -profesional: le interesa que haya también gente que hizo el posgrado de ese tipo curricular, más orientado al ejercicio porque le interesa que exista ese tipo de docente.
Me parece que hay que tener claro que las dos orientaciones van a existir y que es bueno que existan y también es bueno que exista cierta permeabilidad entre una y otra: no es bueno pensarlas como cosas absolutamente independientes y que nunca se van a mezclar. Además las dos tienen que tener buen nivel.

Daniel Bordes: Yo quería complementar un poco lo que yo había dicho en mi intervención anterior. Punto número uno, estoy completamente de acuerdo con lo que dijo Roberto y Maria acerca que tenemos una Ordenanza, más allá de todos los problemas que debe de tener. Lo que pasa es que una cosa es tener una Ordenanza y otra cosa es no ser conciente de ciertas limitaciones y tratar de evitar ciertas cosas para el futuro. En particular quiero seguir recalcando pensar negativamente no siempre es bueno, y ya les digo: hubo intervenciones acá que decían por ejemplo, que tendríamos que exigirles a los docentes estadía en el Uruguay y que no podría tratarse de docentes extranjeros.
En este sentido, sistemáticamente en muchos lados tenemos docentes extranjeros que vienen, que dan cursos, que son cursos buenos, que la gente asiste. Entonces creo que hay que tener cierto cuidado, ya que por uno intentar cubrirse de ciertas cosas pensando negativamente hacia afuera, puede terminar estableciendo exigencias que no tengan sentido.
Por otro lado digo algo que aquí puede ser cuestionado, pero yo creo firmemente en que pueden haber buenos programas de maestría y hasta doctorados en las privadas, llegado el momento. Yo no descarto esa posibilidad, esa es mi filosofía.
Reitero que un reglamento no hace a la calidad; la calidad la hace la gente que está en la comisiones de posgrado, no lo hace solo un reglamento.
El reglamento es el instrumento y desde ese punto de vista quiero plantear aquí mi inquietud con respecto a la integración de la Comisión. Ayer se comentó que habría una propuesta para ser presentada y votada respecto de la integración de la Comisión Central, y que yo sepa eso no se discutió.
Lo que quería decir es que me parece que sería muy importante que existiera al menos una discusión en la que participen las comisiones de posgrado de las diferentes facultades, y la gente que trabaja en posgrados, ya que eso por lo menos brindaría criterios para elegir los miembros de esa Comisión.
Más allá de todos los nombres que surjan por Áreas o como sea, creo que sería bueno por lo menos hacer eso en el entendido de que en el próximo CDC se iría a discutir. Me parece importante porque nosotros podemos discutir todo lo que queramos, pero en los hechos es la propia gente, son las comisiones, nosotros, los que garantizan este tipo de calidad.
Quiero decir por otra parte que a veces, cuando se fijan ciertos mínimos, los mismos van en contra de planes serios (no digo que el resto no sea serio) , por ejemplo conjuntos maestría-doctorado, en donde nosotros en cierto sentido estamos preocupados por el máximo, en el sentido de hacer un plan integrado maestría-doctorado que no sea muy largo, que tenga la calidad suficiente pero que la gente pueda terminar y producir. Esta Ordenanza en cierto sentido va en contra de planes bastante serios; no digo que el resto no sea serio, pero digo esto para mostrar un ejemplo de cómo si bien tenemos una Ordenanza muchas veces pensar en ese tipo de términos puede llegar a generar problemas. Como ya dije todo tiene solución. En cierto sentido acá se discute por maestría por un lado y doctorado por el otro pero están interrelacionadas. Otra cosa que quería decir es que nosotros, por ejemplo en Informática, hace tiempo que estamos trabajando (y de esto se hizo eco el PEDECIVA y ahora todo el PEDECIVA está en ello), en programas de posgrados regionales. Nosotros tenemos un 30% de estudiantes extranjeros y estamos trabajando con gente del extranjero (...)

Lado B
(...) sería importante considerar en este marco los cursos a distancia porque son programas muy serios, en los cuales interviene gente muy importante de toda la región y además son programas muy beneficiosos para varias Universidades, no solo para nosotros. La reglamentación de este tipo de cosas creo que debería mirarse adecuadamente.
Con respecto a la definición de crédito decir lo siguiente: el valor crédito es una especie de tasa de cambio, con inflaciones y otras cosas raras. Es un término arbitrario en el sentido técnico, pero creo que lo importante es valorar, más allá de lo presencial, el esfuerzo estudiantil; eso es lo más difícil de medir.
Quería decir además que me gusto muchísimo lo que dijo Maria sobre posgrado curricular en vez de profesional: hacer esa distinción, me parece que ayuda un poco a ver ideas.

Nibia Berbois (Fac. de Ciencias. PEDECIVA)- Yo querría compartir con el foro que en base a todos estos temas que se estuvieron trabajando, le acerqué a la mesa una revisión, o por lo menos la experiencia transcurrida en el PEDESIVA Biología exclusivamente, y algo que armé en base a lo que yo tengo en la cabeza; creo que no me equivoqué pero quiero que sepan que hay algo escrito que a la hora de hacer la reglamentación puede servir. Es una pequeña reivindicación de todo el camino recorrido por PEDESIVA. Nada más.

Intervención sin autopresentación: Yo me voy a referir fundamentalmente a los posgrados que se han dado a llamar académicos, no se si todos deben ser llamados académicos, pero no ese no es un tema que quiera analizar.
En cuanto a los posgrados académicos me parece claro que la Ordenanza en el artículo 6 establece los criterios que deben pedirse a un área de conocimiento para poder crear posgrados de este tipo. Me parece que es una buena propuesta: si uno va a mirar un área y tiene que decidir si está en condiciones de crear un posgrado académico, tiene que empezar por mirar los grupos de investigación, tiene que ver si realmente se está en un ambiente de trabajo que genera conocimientos, si hay gente con formación y cuál es la infraestructura disponible, materiales, aulas y laboratorios. Por otro lado uno debe ver si hay una disponibilidad de estudiantes con una preparación suficiente como para aprovechar esa oferta de posgrado. A mi me ha tocado evaluar propuesta de posgrado, de doctorado en particular, de alguna de las Universidades privadas, y si uno mira los aspectos formales esas propuestas son excelentes, pero el punto es que esas Universidades no tienen grupos de investigación establecidos. De manera que uno cuando está hablando de propuestas de creación de doctorado, me parece que esa es una condición imprescindible para que se pueda encarar una actividad de formación a ese nivel.
Por otro lado eso sería una evaluación a priori y la Ordenanza lo establece con claridad. Con respecto a las evaluaciones que se hacen a posteriori, en muchos países existen ranking de los posgrados, que establecen los propios académicos y lo hacen en función de su experiencia: la evaluación no está referida a los grupos, lo que sería una evaluación a priori, sino que se trata de una evaluación de la formación de los postgraduados.
En ese sentido uno pregunta antes que nada con quien estudió, qué temas estudió, cuál era la calidad del docente guía. Finalmente tenemos un elemento esencial como lo es la interacción con graduados, para analizar la profundidad y amplitud de sus conocimientos.
Me refiero a todo esto porque tengo la impresión de que en el sentido de las garantías de calidad, yo comparto el artículo 6, pero no comparto los requisitos formales del artículo 20. No se si el artículo 20 tiene una intención de garantizar calidad, pero me parece que poner limitaciones cuantitativas sobre el número de horas presenciales, por ejemplo, no es garantía de calidad. Además éste es un aspecto fuertemente dependiente de las disciplinas: hay disciplinas con distintas aproximaciones metodológicas que requieren diferentes técnicas pedagógicas: no es lo mismo formar un matemático que formar un economista. Me parece que esta universalización de las horas presenciales en particular, no es conveniente.
En la experiencia del PEDECIBA, que tiene 15 años trabajando en posgrados, se han formado hasta este momento 420 postgraduados, más de 300 magíster y 115 doctorados. En una encuesta reciente sobre la inserción de los egresados resulta, que más del 80% de los egresados permanecen en el país, casi el 90% de los egresados tiene una inserción académica ya sea en el país o en instituciones en el exterior, de manera que en ese sentido creo que los antecedentes del PEDECIBA son buenos.
El PEDECIBA tiene dos características que me parece que son comunes a todas las Áreas: más que los créditos, respecto de los cuales no tenemos ni siquiera acuerdo acerca de cuanto vale un crédito, lo que si tenemos es un cierto acuerdo sobre el número de horas de estudios requeridos y ese número oscila entre 1800 y 2500 entre las Áreas para una maestría.
En horas de estudio incluyo horas de aulas, de laboratorio y de trabajos prácticos.
Por otro lado el PEDECIBA le da gran importancia a las tesis como primera aproximación a la investigación. En muchas áreas las tesis de maestría conducen a trabajos originales y se publican; esto no ocurre en todas las Áreas, y tampoco sería un criterio de aplicación universal porque distintas disciplinas requieren distintos periodos de formación, pero indica que las maestrías tienen un nivel como para terminar con jóvenes capacitados en investigación.
En cuanto a las horas presenciales, las maestrías del PEDECIBA oscilan entre las 300 y 400 horas presenciales: estamos hablando de horas presenciales de aula, pero si nosotros extendemos el concepto y hacemos referencia a horas de interacción estudiante-investigador, el PEDECIBA asegura mucho más de 500 horas presenciales, porque el estudiante está permanentemente con el grupo de investigación y la discusión de los trabajos es continua.
En ese sentido la Ordenanza es un poco ambigua, pero me parece que en todo caso de existir una reglamentación deberá flexibilizarse lo suficiente y aclararse la interpretación que merece este tipo de punto.
Como ya tenemos 15 años de experiencia, naturalmente se produce un proceso de evolución en el que las Áreas más desarrolladas empiezan a tener más candidatos al doctorado que a las maestrías. Normalmente se empieza con maestrías muy exigentes que han llevado más de los 2 años previstos para las mismas, y a esa altura las maestrías son un obstáculo para los doctorados en el sentido que la reglamentación actual del PEDECIBA exige de la maestría para el ingreso al doctorado. Tenemos entonces que para la formación de un doctor se requiere un número excesivo de años y eso no asegura que nuestros doctorados compitan en condiciones de igualdad con la oferta internacional, de manera que es muy difícil retener a los jóvenes para que se formen en el país ante condiciones más favorables en el exterior. Estamos preparando en este sentido una propuesta de modificación de nuestros reglamentos en la cual el requisito para entrar al doctorado es la aprobación de un examen de calificación.
Por ingreso al doctorado nosotros entendemos la habilitación para la realización de la tesis, y la presentación del examen de calificación se produce luego de cursar una serie de materias que aseguran una formación amplia y en profundidad, que justamente es evaluada en el examen de calificación. Creemos que en ese sentido el artículo 27, si bien plantea que para el egreso se requerirá de la maestría, luego abre la posibilidad de vías de excepcionalidad.
De cualquier manera también en el caso nuestro creemos que el examen de calificación debería ser una alternativa para la aprobación de la maestría. Nosotros por otro lado habilitamos a las Áreas a que revaliden las maestrías por exámenes de calificación, es decir, el examen de calificación no va a ser obligatorio para todos, sino que se analizará la maestría y en aquellos casos en que se entienda que la misma da una formación equivalente a la de el examen de calificación, fundamentalmente en el tema de la profundidad de los conocimientos, entonces se habilitará al maestrando a ingresar al doctorado.
El PEDECIBA está redactando una propuesta de modificación de sus reglamentos, hay que recordar que estos han sido aprobados por el CDC desde hace varios años y han quedado ahora en una situación en la que tendrán que ser ajustados a la Ordenanza: se establece un plazo de 2 años para este ajuste, pero al mismo tiempo nosotros queremos hacer una actualización de los reglamentos.

Iris Peña (Fac. Psicología)- Tengo la impresión que tanto en la discusión de ayer como en la de hoy, el problema central parece estar en la diversidad de las pluriversidades y en alcanzar en este contexto un estatuto general.
En algunos puntos de discusión, por ejemplo en lo que tiene que ver puntualmente con docentes extranjeros, obviamente se perfilan las diferencias entre las profesiones.
Además no es casualidad que el reclamo en la relación a los docentes extranjeros tenga que ver básicamente con Servicios que están repetidos en Universidades privadas, y eso responde a una situación particular: en algunas Universidades privadas los docentes universitarios de la U.R se han sistemáticamente negados a formar parte de esos cuerpos docentes, entonces a estas otras Universidades no les ha quedado otra que traer básicamente planteles del exterior de buena, mala, y regular calidad académica.
Han traído lo que tuvieron disponible y a la gente que se ha estado dispuesta a venir al sur del sur. Me parece que en ese punto como ejemplo, y en todos los demás, quizás lo que tenga que traer a tierra una reglamentación, sea tomar lo más ampliamente posible estos puntos neurálgicos, para que luego cada Servicio sin atentar contra una calidad general, sin generar a la interna de la Universidad estructura de posgrado de mejor o peor calidad, pueda de acuerdo a sus perfiles manejarse con esto. Obviamente nos hemos nutrido de docentes extranjeros siempre. En la particularidad de Psicología que es una carrera que aún no tiene posgrados, tiene una reglamentación que también llevó 2 años y que acaba de ser aprobada por el Claustro y el Consejo.
Dicha reglamentación es muy similar a esta Ordenanza general, pero creo que con algunos defectos salvados, porque veníamos caminando atrás y fue más fácil, de alguna manera nosotros hemos logrado que dado nuestros perfiles y características, por ejemplo en esto que tiene que ver con los extranjeros, no queden los docentes universitarios de larguísima trayectoria y formación profesional, etc, excluidos de la posibilidad de ser, por ejemplo, directores de tesis, por no tener determinados títulos que sí tienen docentes extranjeros.
Me parece que en relación a los puntos de los créditos y de las horas presencia, nosotros establecimos para las maestrías en nuestros posgrados 1500 horas, pero no es el punto: yo creo que el punto tiene que ver con la palabra “presencia” y tal vez la asimilemos malamente a la hora pizarrón.
¿Qué quiere decir presencia?, es tan ambiguo el concepto y tan amplio que puede darnos la movilidad suficiente para entender por presencia aquello que bien queramos entender, sea ya nuestra presencia en aula, en actividades de campo, en laboratorios, etc. Cada Servicio podrá definir sobre un marco general. En el acuerdo del MERCOSUR se establecen claramente las pautas y los horarios pero creo que no está allí la dificultad. Si logramos mediante un reglamento lo suficientemente amplio y ambiguo dejar librado a los Servicios las especificidades de nuestras pluriversidades, las dificultades no estarán referidas a este punto.

Clara Larocca (Fac. de Veterinaria): Ayer nos reunimos otros compañeros de Veterinaria y yo con los consejeros de ADUR, y elaboramos un planteo en relación a aquellos aspectos en los que teníamos un consenso total (el resto lo dejamos). Intentará de cuenta de ello por partes:
Propuesta a elevar a ADUR relación a los artículos 1 al 10:
Artículo 1: Que se cumpla lo que dice dicho el artículo 1 en todos los títulos de UDELAR, incluyendo los del PEDECIBA y que se ajusten con dicho programa los otros puntos del reglamento.
Artículo 3- Agregar de acuerdo al planteo del Ing. Anido “asesorada por la Asamblea General del Claustro” (nos estamos refiriendo a la Comisión Central de Posgrados).
Articulo 7: Agregar, cuando habla de los docentes, “deben poseer título de UDELAR o revalidado” donde dice una titulación mínima o equivalente.
O sea, proponemos sustituir la formulación de una titulación mínima o equivalente, por poseer título de la UDELAR o revalidado. Ya lo fundamentamos ayer: no puede ser que se le exija a quien ingresa a la maestría un título universitario, y que no lo tenga el docente. Hay que ser coherente: o se le saca dicha exigencia a quien va a entrar a la maestría, o se le agrega al docente.

Artículo 10: Agregar “se exonerará del pago a las actividades que culminen en diploma, especializaciones y maestrías o de perfil predominantemente profesional (...) a aspirantes que cumplan los requisitos para la actividad hasta un 20% del cupo total.”

Donde dice “3: Carreras de especialización”, agregar un punto que diga, porque está ausente, (esto va a ser polémico) “Los docentes que enseñan en carreras de especialización – ésta es la misma redacción de Maestrías - deberán demostrar conocimientos en el tema de la especialización y calidad académica, y ser graduado universitario; no dependerá de grado ni del carácter interino definitivo (comentario: dada la realidad tantas veces constatada en ADUR de que en la Universidad hay una situación muy irregular en cuanto a los interinatos)
5º: En carrera de doctorado, artículo 27, creemos que en el Uruguay se maneja más la palabra master que magíster.
Por último proponemos para que sea tratado por el Consejo Federal de ADUR al Dr. Raúl Casas Olascuagas para integrar la Comisión Central. Él es director de SEPANSO (¿?), asesor de OPS en Naciones Unidas, Grado 5 efectivo en Veterinaria, hasta hace 3 meses presidente de la Academia Nacional de Veterinaria, asesor del actual Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, y que en 1999 presentó un libro premiado sobre la aftosa y su (...).

Héctor González (Fac. de Agronomía): Voy a referirme a aspectos respecto de los cuales entiendo que no se arribaron a acuerdos o que no fueron suficientemente discutidos y que la reglamentación lo tiene que resolver. A pesar de las omisiones que se han encontrado en la Ordenanza y de sus limitaciones, creo que es un paso positivo que la misma exista.
Como sucede con toda ordenanza, habrá un plazo de tiempo para reverla y ajustarla. No puede ser que se mantenga una situación como la actual, en donde cada Servicio a su manera entiende lo que es un programa de posgrado.
Respecto del artículo 5, creo que no fue realmente discutido.
En el párrafo donde dice: “Los Servicios obrarán porque su implementación no afecte negativamente a la enseñanza de grado”, me parece que lo que allí está presente es más bien una expresión de deseo. Creo entonces que esto debe ser reglamentado; este es un aspecto medular, creo que hay riesgos y peligros ciertos de que si se implementan a nivel institucional los programas de posgrados, de alguna manera esto resulte en una consecuencia no deseada, en cuanto al bajar el nivel del grado. Creo que la reglamentación esto lo tiene que definir, es decir, cómo se va a hacer para que no se afecte el nivel de formación de los estudiantes de grado. Para los docentes con trayectoria en la Universidad y con énfasis en la investigación, es mucho más atractivo dar enseñanza (...) Termina grabación del cassette.

CASSETTE Nro. 6 (Lado A)

(Continúa Héctor González): (…) me parece que lo que hay son actividades centrales obligatorias y actividades complementarias, pero el currículum se arma con el director académico y una vez que se eligen las actividades complementarias eso pasa a ser programado; eso es lo que yo entiendo respecto de como están organizados en general los posgrados. No es que haya actividades programas y no programadas, puede haber actividades obligatorias centrales y actividades conexas o complementarias que cuando se arma el programa, una vez que se eligen, pasan a ser programadas.
Por lo tanto me parece que es algo que la reglamentación tiene que definir y que no puede quedar en estos términos de tanta vaguedad.
Incluso esa frase que habla sobre que la formación específica tiene que ser más que la general, en la actividad programada agrega confusión también. Respecto del artículo 27, en cuanto a lo que dice acerca de la exigencia de magíster obligatoria para el doctorado, creo que hemos llegado a un acuerdo general. Incluso con la intervención de Gambini, hemos podido ver que el ingreso al doctorado pasa más por los cursos de nivelación y exámenes de calificación:
conceptualmente es más valido eso, que hablar de una exigencia formal; creo que hemos llegado a un acuerdo en este punto, por lo menos lo he rescatado así.

Roberto Markarián: Sin más trámites vamos a pasar a discutir el artículo 10. Quizás los que estamos aquí podamos hacer un resumen escrito de los temas que se han planteado como a incluir en el reglamento, defectos que es notorio que la Ordenanza tiene y que deberíamos tratar de solucionar por la vía del reglamento. No nos podemos comprometer a tener propuestas sobre los puntos tan rápidamente; seguramente esto lo podríamos tener para la semana que viene y obviamente que las propuestas que vayan viniendo irán siendo incorporadas. El orden de la discusión, que bien lo estamos respetando, era discutir primero los artículos hasta el 9, después los artículos del 11 al final que es lo que más o menos hemos hecho ahora y dejar la discusión sobre el artículo 10 para el final.
Ustedes han recibido un resumen que me encomendó el Ejecutivo que hiciera sobre este aspecto, del cual hice veinte copias que ahora van a ser repartidas. Creo conveniente explicar qué es para no comprometerme más de lo necesario con lo que es eso. La existencia del reglamento, la verdad es que vino por el artículo 10. La postura final que llevo ADUR la discusión, establecía que votáramos una forma del artículo 10 y que algunos aspectos fueran después reglamentados.
Tanto es así que el artículo 39 de la Ordenanza dice que “En un plazo no mayor de 60 días el Consejo Directivo Central reglamentará esta Ordenanza, en particular el uso de recursos provenientes del cobro de derechos universitarios así como las exoneraciones que correspondieran”.
La verdad es que los primeros días todo el mundo pensó que lo único que se iba a reglamentar era el artículo 10 y el hecho de que se encontraran tantos defectos como hemos visto aquí a la Ordenanza misma, fue haciendo crecer la importancia de reglamentar otras cosas.
El papel entonces que yo ahora les hago llegar, se refiere al uso de los recursos provenientes de derechos universitarios así como a las exoneraciones correspondientes.
No yo no propongo nada, este es un punteo de temas que podrían ser reglamentados referentes a los aspectos que tienen que ver con lo que acabo de leer, que son los aspectos que hacen al uso de los recursos provenientes del cobro de los derechos, así como a las exoneraciones que correspondieran. El único aspecto respecto del que parece haber una propuesta y quedó escrito así, es el punto “E”. Debo decir que una opción que cabe, se refiere a lo que acaba de hablar recién Héctor González, y se refiere a los cobros extras que los docentes de la institución podrían tener por motivos de estos recursos.
Yo insisto que esto no lo tomen como una propuesta sino como una opción a controlar. Como dice al principio, y no voy a hacer una lectura pero si un destaque de lo que dice aquí, “Parece razonable hacer referencia a la Ordenanza sobre la aplicación de los recursos extra presupuestales - porque esa Ordenanza se refiere a lo que dice ahí y estos son recursos extra presupuestales por definición - . El hecho de tomar algunas pautas viene dado básicamente por la experiencia hoy existente relativa a la utilización de los recursos generados por cursos de posgrados en sus diversas categorías. Dicha experiencia (fue creada una comisión que estudió la situación, y entre otros ella participó Cesar Basso), ha indicado que el modo en que se utilizan esos recursos es muy variado y en algunos casos se podría decir que muy irregular; en particular no se regulan por la Ordenanza de recursos extra presupuestales, sino que en varios Servicios se utilizan mecanismos diversos, que van desde el uso de las fundaciones que exciten en paralelo a varias facultades, a la utilización de dos o tres artículos que habilitan el pago de diversas maneras.
Por lo tanto un tema que podría ser totalmente obviable, se trasforma en un punto totalmente importante ya que hasta desde el punto de vista administrativo el modo en que se está haciendo esto y por tanto los beneficios extras que diversos sectores del cuerpo docente están recibiendo merecen ser discutidos.
Las Facultades que se estudiaron con cierto cuidado fueron la de Derecho, Química, Agronomía e Ingeniería; naturalmente que no en todos los casos se detectaron irregularidades, yo estoy nombrando a las Facultades que se miraron con cierto cuidado en esa Comisión, y se detectó la variedad de opciones que hay.
Por lo tanto la referencia a la Ordenanza de recursos presupuestales no está de más visto que esa Ordenanza se hizo precisamente para regular este tipo de cosas o cosas parecidas.
Repito que no tomen lo que aquí está escrito más que como ideas de orientación y un catalogueo del tipo de problemas a cual se podría uno referir en una eventual Ordenanza y todo lo que diga “debería ser así”, tómenlo como una propuesta que podría ser así (esto es una aclaración que les hago, ya que esto es una reunión chica, bastante calificada, y no tuve tiempo de depurar el texto que había hecho anteriormente; quiero que esto lo tomen así y no como mi opinión). Sí les digo que muchas de las propuestas que están planteadas aquí fueron discutidas en el Consejo Federal de ADUR, (por lo que se algunas fueron votadas en el momento de votar el artículo 10 de la Ordenanza), y esas ideas si están reflejadas aquí.
Por lo tanto todo está en debate y esto es un punteo de la variedad de temas que se podrían tratar. Al final puse tres puntos que me parece, pero esa es mi opinión, son más delicados y de difícil elucidación, y que se refieren a:

  • ¿Cómo distinguir mejor los posgrados académicos y los profesionalizantes?. En este sentido acá hemos oído a la decana de la Facultad de Ingeniería opinar que hasta el título de profesionalizante es discutible.
  • ¿Cómo distinguir mejor los cursos de actualización de los posgrados profesionalizantes y las reválidas de cursos de posgrados arancelados y no arancelados (y viceversa)? Parece de locos pero hay un problema en torno a eso.
Esa es la presentación que yo hago del tema, y adrede hemos dejado esto para el final y un tanto apretado, porque nos parecía que era una discusión que nos puede llevar mucho tiempo y que podía no dejarnos tratar, como sí lo hemos hecho, por suerte, los demás temas de la Ordenanza.
Respecto del resto, el método va ha ser el mismo, vamos a escuchar y anotar opciones; lo que acá hay es un ordenamiento mínimo del tema y nada más.

Pilar González (INDE): Nosotros de alguna manera hemos compartido algunas preocupaciones en torno al cobro de los posgrados y nuestra preocupaciones van por el siguiente lado: en primer lugar, nos parece importante poder pensar que la generación de proventos, proveniente del cobro de los posgrados se pudiera administrar desde una Comisión Central que permitiera de alguna manera el desarrollo armónico de los posgrados en toda la Universidad. Todavía no sabemos de qué manera se podría instrumentar esto, pero pensamos que si queda librado a la generación de proventos por parte de cada una de las Facultades o Servicios, seguramente se van a generar muchísimas inequidades en torno a que evidentemente hay maestrías y doctorados que son muchísimas más convocantes de acuerdo a las profesiones en boga o vinculadas a los sectores productivos, mientras que van a existir muchas otras maestrías que van a tener muchísimas dificultades para poder generar proventos.
En ese sentido entonces, nosotros pensamos que desde la propia Universidad se pudiera pensar en algún mecanismo centralizado que pudiera manejar con un mayor sentido de equidad, los réditos generados por el cobro.
En segundo lugar pensamos que desde ADUR nosotros pudiéramos promover alguna política vinculada a que todos los docentes de la Universidad de la Republica tuviéramos la posibilidad, a través de un sistema de cupos, de hacer gratuitamente las maestrías profesionalizantes como se llaman y no solo las académicas.
Creemos que existe sobre todo en el Área Salud, una fuerte vinculación entre lo que pueden ser las maestrías curricular o académica y la maestrías profesionalizantes, por lo tanto en ese sentido nosotros proponemos que exista un sistema de cupos para que los docentes puedan hacerla gratuitamente, y que no solo se contemple la gratuidad vinculada a las maestrías académicas o doctorados.
En tercer lugar, creemos también que se debería proponer en la reglamentación un sistema de cobros para las maestrías y doctorados, diferenciales para los estudiantes nacionales y extranjeros, es decir, que se pudiera pensar en algún mecanismo diferenciador.
Así también, fijar por ejemplo en base a unidades reajustables, algún sistema que nos permitiera más o menos tener un cobro homogéneo en toda la Universidad.
También creemos que es importante en la reglamentación establecer lo que se propone en relación al pago de los docentes extranjeros: creemos que hay una gran heterogeneidad en este momento en la Universidad, no solo por el pago de hora docente a extranjero, sino también por el valor de viáticos que se está pagando. Pensamos que eso tiene que ser rápidamente normalizado.
También creemos que deberíamos pensar en una relación armónica que debe existir entre la enseñanza de grado y posgrado. En ese sentido nuestra institución tiene una corta experiencia pero experiencia al fin, vinculada a que los programas de posgrados se asientan en las Cátedras docentes.
¿Qué quiere decir esto?, quiere decir que por ejemplo la Maestría en Primer Nivel de Atención que estamos desarrollando la propuso la Cátedra de Enfermería Comunitaria, y por lo tanto los docentes de máximo nivel, que tienen nivel de Maestrías en Salud Comunitaria, trabajan a nivel de grado con un mayor porcentaje de responsabilidad en la enseñanza de esta maestría. Solamente nosotros estamos compensando con un 45% al que hace la dirección académica de la maestría y no a los otros docentes que participan dictando clase, tanto en el grado como en el posgrado.
Nosotros pensamos que esta relación armónica beneficia, y de alguna manera potencia también el desarrollo docente, pero a su vez, nutre el grado y no se generan desarmonías en lo que significa la enseñanza de grado y posgrado. Pensamos que esta corta experiencia nos ha dado beneficios, creemos que ha mejorado no solo al grado, sino que ha fortalecido a algunos compañeros que se han dedicado con mayor tiempo a la enseñanza de posgrado y potencian sus propias capacidades.
Esta relación armónica, vista de esta manera, pensamos que podría ser una experiencia que se pudiera generalizar en toda la Universidad.
Así como digo que la Maestría de Primer Nivel de Atención se asienta en la Cátedra de Enfermería Comunitaria, digo también que la Maestría de Gestión de los Servicios de Salud se asienta en la Cátedra de Administración y que la Maestría de Salud Mental se asienta en la Cátedra de Salud Mental.
Por lo tanto las Cátedras están desarrollando programas de grado y de posgrado, con una relación armónica y una distribución de los docentes según sus capacidades, con una carga de horaria obviamente diferente.
Pensamos que quizás ésta sea la forma con la cual la Universidad se pueda proyectar en un futuro, porque pensamos que hay experiencias de otros países que han mostrado los inconvenientes de generar equipos de docentes diferenciales para grado y para posgrado, provocando desarrollos desarmónicos en ese sentido.

Daniel Bordes (Fac. de Medicina): Yo querría pensarlo un poco al revés: esta Ordenanza dice que atendemos a ir a la gratuidad de nuestros cursos. Todos aquí estamos pensando en que estos cursos van a cobrarse. No. Nosotros atendemos a la gratuidad de ellos. Hay excepciones o se pueden plantear excepciones, en Medicina por ejemplo, nosotros ya tenemos excepciones, hay cursos de especialización que se cobran en la Facultad de Medicina, y las excepciones es que sean extranjeros.
A los médicos extranjeros que vienen a hacer un Curso de Especialista en Endocrinología (por ejemplo) en la Facultad de Medicina se les cobra 2000 dólares por año. Dicho sea de paso si nosotros comparamos esos 2000 dólares por año con los precios internacionales, es muy bajo. Y si comparamos los 2000 dólares con los precios nacionales, también es muy bajo; y si lo comparamos con los precios nacionales de cursos de postgraduación universitaria como los que brinda el Saint - Catherine o la Scuola Italiana, también es muy bajo.
Nosotros esa excepción la aplicamos a los médicos extranjeros. Lo que podemos decir entonces es que sigamos haciéndolo con gratuidad, y pongamos algunas excepciones, si es que existen. Que cada Servicio empiece a pensar cuáles son esos casos excepcionales a los cuales se les podrán cobrar los cursos de especialización o las maestrías eminentemente profesionales que, comparto con Roberto, yo no entendí todavía bien cuáles son y habrá que ponerse a definirlas. Por último después de haber dicho cuáles son las excepciones, decir cómo es que lo vamos a gastar.
En Medicina los docentes no cobramos ningún plus por hacer cursos de formación de postgraduados, ni de especialidades (que son de los que más tenemos), ni de las maestrías y doctorados (de los cuales tenemos muchos menos con respecto a la formación de especialistas, pero que también tenemos).
Los docentes de Medicina no cobramos ningún plus por tener a cargo además de la formación del pregrado, además de la asistencia, además de la investigación, y además de la extensión Universitaria, la formación de los postgraduados Universitarios.
Además los docentes de Medicina lo hacemos así y lo vamos a seguir haciendo, y teniendo como principal meta la formación de un correcto grado en Medicina. Hay un artículo de la Ordenanza que dice que la formación de la postgraduación no puede no puede ir en detrimento del graduado. Nosotros también veíamos como un peligro que existan postgraduaciones, carreras, cursos especialistas de magíster o de doctorado que resten formación al graduado. En Medicina nosotros vamos a tratar de formar buenos médicos de medicina general que tengan formación en pediatría o en cirugía, por ejemplo, adecuada al pregrado, y además formar especialistas que profundicen en esa formación como para poder desempeñarse profesionalmente en la especialidad.
Vamos a tratar por otra parte que esas carreras de especialización sean gratuitas, como han sido hasta ahora, con algunas excepciones.
Yo no se si en el resto de los Servicios han pensado en las excepciones, nosotros habíamos planteado algunas, por ejemplo, para el caso de los extranjeros. Los extranjeros vienen acá no porque sean perseguidos políticos, los que son perseguidos políticos tienen una cláusula en la que se indica que son eximidos: la mayor parte de los extranjeros vienen acá porque les sale muchísimo más barato venir, pagarlo, no trabajar (porque acá no pueden trabajar, solo que revaliden el título de médico y eso le lleva mucho tiempo), se pagan la comida, el alojamiento, el curso de especialista, y ahorran plata. Además es mucho más fácil entrar acá, a pesar de que nosotros tenemos prueba de suficiencia para el ingreso en todas las especialidades. Es mucho más sencillo y menos restrictivo entrar acá que entrar en Chile. Esa es una excepcionalidad para nosotros y podemos plantearla como sugerencia al resto de los compañeros; la cuestión es si tenemos otras excepcionalidades. Nosotros veíamos el otro día una reunión de comisión de directiva ADUR que en Medicina hay médicos que no tienen un título especialista, tienen dos, tres, cuatro o cinco títulos de especialista; en ese sentido nosotros creemos que no es necesario para el correcto desempeño de un profesional médico en una o en dos especialidades, seguir su carrera de especialización con 5 títulos de especialistas. Quizás podamos decir que ya recibió el título de médico gratuito, porque la Universidad es gratuita para los médicos, que ya recibió el título de posgrado 1 y de posgrado (de especialista 1 y especialista 2) y entonces quizás que el tercero sí se lo podemos cobrar.
Los cargos médicos docentes de Medicina, que son promedio 24 horas semanales, tienen dentro de esas 24 horas semanales: la asistencia de los pacientes en las materias clínicas, la formación del pregrado y la formación del posgrado.
Para nosotros es muy claro saber lo que son horas presenciales, que se podrá llamar de otra manera, pero para nosotros es muy claro lo que son estas horas. Además es muy escasa y particular la formación de pizarrón. Casi no tenemos pizarrones, porque se está dos horas o tres en un acto quirúrgico y eso se cuenta como hora presencial (porque no hay otra manera de aprender que así).

Clara Larocca (Veterinaria): Estos puntos nosotros ya los venimos analizando en ADUR desde hace meses, hay algunas pocas cosas nuevas o diferentes. Voy a empezar por lo primero: donde dice “C – (...) “que lo recaudado se regule en grandes líneas por criterios semejantes a los de la Ordenanza sobre la aplicación de los recursos presupuestales” nosotros teníamos una duda muy grande.
Nosotros, de acuerdo a la experiencia acerca cómo se ejecutan los dineros en la Universidad preferíamos que se aplicaran los reglamentos de proventos, ya que los proventos se regulan en el Servicio que los genera.
Ahora se está por votar que un 10% sea destinado para el conjunto de la Universidad.
Donde dice “las actividades sujetas a cobro deberán contemplar a un mínimo de cupos exonerados - ya ahí proponemos cual deberá ser el cupo - para atender a egresados”, yo creo que hay que agregar además algo así como “docentes de grados bajos que solo perciban salario universitario como ingreso”.
En lo que tiene que ver con la remuneración (lo de los U$S 80 diarios), dice “extranjeros o nacionales”: habíamos llegado a un consenso en los últimos Consejos Federales de ADUR sobre los U$S 80 diarios para los extranjeros.
Yo creo que hay que separar a los nacionales de los extranjeros. A los nacionales deben ser solo U$S 50 por día, con el mismo mínimo que se le exige al docente para remunerarlo (120 horas presenciales en el conjunto de la actividad, ya sea maestría, doctorado o especialización).
Después una afirmación que debería incluirse: “Los docentes de la UDELAR, que dicten docencia posgrado, deben hacer su docencia de grado”, no pueda haber solo decencia de posgrado.

(Odontología ¿Calabria? ¿Fuentes?: En este tema del cobro de matrículas para los posgrados yo quiero hacer brevemente la historia de la Facultad de Odontología: la Escuela de Graduados funciona desde la década del 60, fundamentalmente en la educación permanente, y ha tenido un impulso muy grande a partir de 1985 en adelante. La actual dirección de la Facultad estableció dentro de sus proyectos la creación de carreras de posgrados, que es una deficiencia que tenemos. De hecho en Odontología existen en forma pragmática, especialistas que no tienen título porque han desarrollado una educación permanente en determinadas áreas o determinadas disciplinas, que les a dado una formación científica y tecnológica determinada como para ejercer una asistencia especifica.
Nosotros que estamos hace un año y medio en la dirección de la Escuela, hemos empezado ha trabajar y a aprender un montón de cosas, y seguimos aprendiendo un montón de cosas porque esto es muy complejo, respecto de la generación de carreras de especialización.
Para nosotros éste es el primer escalón, por no tener un componente de investigación: para eso hay que realizar una tarea formativa muy importante que no se realiza de un día para el otro ni de un año para el otro.
El primer escalón entonces que nosotros estamos estableciendo, es la creación de especialidades en determinadas áreas, que ya han sido aprobadas por el Consejo de Facultad y enviadas al CDC. Lo que yo quería plantear aquí con respecto al cobro de matrículas, es un poco lo que podemos llamar la especificidad de cada una de las carreras universitarias.
Esa especificidad de la acción pragmática o de la ejecución de la labor profesional, exige una infraestructura para poder ejecutarla: infraestructura desde el punto de vista edilicio, desde el punto de vista de equipamiento. Nosotros no contamos con el aporte de laboratorios o empresas importantes como en otros países. Esto es una diferencia cualitativa que podemos tener con Medicina; tenemos diferencias en dos rubros: en el rubrohoras docentes, de ejercicio de la labor, y en el rubro aporte de infraestructura donde nosotros tenemos que depender de nuestros propios recursos para poder mantenernos. Es decir, el déficit presupuestal que la Facultad tiene para el desarrollo de sus cursos de pregrado, se ahonda más en el tema del ejercicio del posgrado.
Si nosotros no cobramos una matrícula en los cursos de posgrados, cosa que hacemos en los cursos clínicos de educación permanente y los cursos teóricos de actualización, definitivamente la Facultad de Odontología y su Escuela de Posgrado tiene que cerrar porque no tiene el sustento para poder ejercer su acción especifica.
Por otra parte, en la parte de recursos humanos de docentes, se tiene que prever quienes son los docentes que tienen que tener prioridad en la educación de posgrado. Creo que el docente de pregrado tiene un compromiso interno con la Universidad y esto no quita que existan docentes que no sean de pregrado que actúen en el posgrado, por ejemplo docentes jubilados y otros profesionales que puedan ser invitados a participar por su nivel académico. No tenemos que ser tan esquemáticos y rígidos al punto que permitamos que un reglamento no reflexibilice la situación de invitar a un docente.
Para atraer docentes del pregrado al posgrado, el docente debe tener una remuneración determinada. En Odontología es una vez y media la hora docente de pregrado, entonces nos hemos encontrado que a veces se invita para un curso de posgrado a un docente que ejerce una labor profesional, ya sea en un servicio o en una actividad privada, pero que con una extensión horaria que es misérrima a fin de mes no lo podemos incentivar.
Además, si a esto le agregamos alguna insuficiencia en la infraestructura...; estos son aspectos que en la práctica y en la realidad tenemos que ver y plantear.
Con respecto a los ingresos y al tratamiento diferencial con los estudiantes participantes de los cursos, nosotros hemos establecido un reglamento interno con algunas exoneraciones y beneficios para los docentes, fundamentalmente los docentes de grados menores (grado 1, 2, colaboradores honorarios) para cursos de actualización, perfeccionamiento y algunos cursos clínicos. No podemos hablar de especializaciones y maestría porque todavía no lo tenemos instrumentado. Lógicamente las exoneraciones docentes, tienen una importancia y un interés institucional; no cabe duda que esa es una forma en que tenemos que estimular y es política de nosotros en este momento estimular al docente de esa manera. En síntesis, creo que en el tema de recursos económicos y la distribución de los recursos, se debe tener en cuenta la especificidad de cada una de las carreras académicas porque hay diferencias cualitativas y cuantitativas en la realización de las mismas.

María Viñas: En la reglamentación nosotros tenemos que tener criterios muy generales, porque nosotros tenemos en la Universidad una heterogeneidad muy grande.
Me tiene preocupada que en la encuesta que se hizo en la Universidad, de 6000 docentes que hay en la Universidad, el 20% dice que hace investigación, o sea que son 1200. Si uno empieza a ver por Facultad las horas docentes, los grados, la dedicación horaria, etc., hay áreas que solo tienen un 10% de docentes de 40 horas (o menos). Para hacer cursos de especialización, uno puede recurrir a otros docentes, porque en realidad son cursos más profesionales, más de formación profesional, de técnicas; pero para hacer carreras académicas se precisa tener un cuerpo docente en la Facultad correspondiente, de gente que esté haciendo ese desarrollo académico. Para que realmente haya carrera tiene que haber un ambiente académico en el propio lugar. Me parece importante que la Comisión vele por ver cómo se van a ir formando esos cuerpos docentes en donde no los hay.
Yo sé que Ingeniería es muy criticada por el uso de los recursos extrapresupuestales, pero si nosotros no hubiéramos tenido el uso de las dedicaciones compensadas y las formas de pago extrapresupuestales, nunca hubiéramos consolidado en las áreas tecnológicas, áreas de investigación y desarrollo. Hoy tenemos algunos grupos, porque tuvimos una política de retener gente: hoy tenemos un 20% de docentes que tienen 40 horas, y algunos que tienen dedicación total. Esto es lo que nos da cierta capacidad para desarrollar posgrados.
Hay que dar un marco con criterios amplios y ver cómo se aplica en cada lado porque cada uno tiene una especificidad diferente, y me parece que lo más importante es velar por la creación de los recursos humanos, la formas de fomento de la alta de dedicación en ciertos lugares, porque sino no vamos a salir adelante.

Piedra Cueva (Fac. de Ingeniería): Yo quería tomar la línea de María, en relación a la diversidades que hay.
Mi visión es que en aquellos centros como la Facultad de Ingeniería y Odontología donde hay un impacto o inserción laboral muy fuerte (en Odontología son muy pocas las áreas, donde la gente no tiene trabajo), es muy difícil retener la gente en la Universidad. Cuando un profesional tiene que ir fuera del país pierde ingresos. Lo mismo sucede con los médicos: si un médico cirujano pasa una semana sin operar, ¿cuánto dinero pierde?. Aquellos que hacen trabajos voluntarios no tienen problemas en perder una semana de trabajo pero, otros sí lo tienen. Eso hace que se viva del voluntarismo.
En la Facultad de Ingeniería es prácticamente imposible que un joven egresado se quede con 40 horas de dedicación; son muy pocas las áreas donde hay una oferta grande. ¿Por qué?, porque la gente tiene trabajo afuera y es entonces difícil desarrollar a la Universidad en ese esquema salarial.
Nosotros sentimos que por un lado hay un mercado profesional que exige preparación, que exige estar en mejores condiciones a nivel del MERCOSUR o a nivel Sudamericano (el mercado profesional es cada vez más exigente); los números son muy claros: el número de docentes que realmente siguen actividades de posgrados es realmente menor, los docentes no están incentivados para tomar el desafío de una formación de posgrado, y eso dificulta enormemente todo planteamiento que se puede hacer de la Universidad acerca de la realización de posgrados académicos vacíos.
En la Facultad de Ingeniería no hay masividad en la parte de posgrado porque no hay gente que sigua esa formación.
Sí puede haber una línea muy interesante en la actividad profesional en cuanto hay una cantidad de profesionales que sí requieren esa formación, porque hay una dinámica muy fuerte que requiere de una continua actualización, y es ahí donde nosotros vemos una línea que puede ser complementaria con la actividad académica. No comparto la idea de separar los posgrados profesionales de los académicos porque pienso que están muy vinculados entre sí, aunque dirigidos a distinto público.

Daniel Panario: En los hechos, nosotros no estábamos de acuerdo en hacer la distinción entre maestrías académicas y maestrías profesionalizantes, y en realidad el Consejo Directivo Central lo perdimos por un voto.

Clara Larocca: Pienso que en un ámbito como este donde la gran mayoría son casi militantes de ADUR o de responsabilidad importante, se pueden decir las cosas con claridad. Primero si se habla de experiencia de cada Facultad, tenemos que decir que son todas diferentes. En nuestra Facultad recién este año se instrumentaron posgrados (las maestrías), que por falta de recursos no han tomado todavía un nivel de calidad, hay actividades dentro de la maestría. Se instrumentó una maestría que es la de Producción Animal: en esta se inscribieron 90 personas, se seleccionaron 60, aproximadamente el 50% son profesionales veterinarios y el otro 50% son docentes jóvenes (grado 1 y 2 ), graduados naturalmente, porque en nuestra Facultad se da que tenemos docentes graduados en grado 1 y 2 interinos hace 10 años.
Entonces en realidad hay una gran avidez por los títulos de posgrados. ¿Por qué?. Porque también depende de cada Facultad al peso que le da a los títulos de posgrados cuando se aspira a los cargos, y las nuevas bases de los concursos de la Facultad le dan un peso muy grande al título de maestría. Entonces viene a ocurrir que el docente joven que está especializado y que tiene conocimientos tal vez mayores que otra persona que tiene un posgrado, como no tiene forma de costear su posgrado en el exterior, tiene que competir con gente que le suma una cantidad de puntos por los títulos de posgrado. Entonces la avidez no está tan referida a la superación, sino que es más que nada por lo concreto, la defensa de su fuente de trabajo. En lo que tiene que ver con nuestra carrera y probablemente con muchas, le estamos dando poca importancia al tema de las profesionalizaciones. Las profesionalizaciones tienen que dar respuesta a lo que veníamos haciendo a través de cursos de posgrado nacionales o internacionales, tienen que dar respuesta a que los profesionales de alguna forma reciban de la Universidad (...) Termina grabación del cassette.

Cassette Nº 7
Lado A

(...) en lo que tiene que ver con reproducción animal, reproducción asistida, que recibe a un plano inferior de grado que no le alcanza para desempeñarse profesionalmente y que es una fuente de recursos muy grande en el mercado laboral. A mi me parece que en muchas Facultades, incluyendo la mía, sucede que en los aspectos en que los docentes profesionales que hacen ejercicio liberal, no se tiene interés (por parte de esos docentes profesionales) en que la gente sepa sobre esos conocimientos.

Daniel Panario: En relación a lo que estaba exponiendo Larocca... , me voy a salir un poco del tema del punto 10, porque hubo un tema que nos salteamos ayer, y que tendríamos que haberlo tratado: el tema de los cupos en los posgrados. Yo tengo en este momento noticias de algunos posgrados que se están lanzando, como el de Ordenamiento Territorial en la Facultad de Arquitectura y esta planteándose un cupo de 40. Cuarenta personas en una maestría es algo que prácticamente no se puede atender, no hay forma de establecer un patrón de calidad con 40 estudiantes cursando una carrera de estas características. Hay que pensar además que una maestría, forma para la docencia, se exige presentación de seminarios..., imagínense entonces 40 seminarios en una materia que exija seminarios, y eso por varias materias.
Por otra parte se habla en la propia Ordenanza y en las ideas de reglamentación, de la interacción entre posgrados, inclusive entre posgrados arancelados y no arancelados. Un posgrado que tiene 40 ya no puede admitir postgraduandos de otra maestría a los que les pueda interesar tomar la materias, con lo cual se establecen una serie de inconvenientes que no corresponden.
Esto es particularmente grave en las maestrías aranceladas, porque del cupo depende la cantidad de ingresos que se obtengan. Entonces la consecuencia es que se trata de ampliar los cupos.
Creo que debemos establecer en la reglamentación un cupo máximo, de lo contrario tenemos riesgos de tratar de controlar la calidad por la calidad de los docentes y por los equipos, laboratorios, infraestructura, etc y luego dejamos la puerta abierta para que tengan muy baja calidad por el lado de la masificación al nivel de algunas carreras de posgrado.

Aurora Crespo (Fac. de Psicología): Primero, creo que la Ordenanza que ha hecho la Universidad de la República en relación a los posgrados, en primer lugar no puede desconocer las Ordenanzas estipuladas en los acuerdos del MERCOSUR, y creo que está de acuerdo con eso.
Creo que tenemos que pensar en cada uno de los artículos, porqué están, a qué responden y porqué dicen lo que dicen. Por ejemplo en Brasil (de Psicología voy hablar, que es lo que conozco) la carrera de grado cuenta con un núcleo básico común y a posteriori se otorgan dos títulos: el de Licenciado en Psicología que habilita a la investigación y a la docencia, y el de Psicólogo que habilita pura y exclusivamente al ejercicio de lo profesional. Un psicólogo no puede ejercer en Brasil en la Universidad de la República a no ser que haya hecho las dos obtenciones de título. Si estamos hablando de los acuerdos del MERCOSUR esto quiere decir que desde el vamos se requiere de la diferenciación de lo que hace a cual va hacer el ámbito de trabajo una vez egresado. ¿Pero que nos pasa a nosotros? ¿Por qué a nosotros nos sirve que exista una maestría de perfil predominantemente profesional?. Porque es aquello que la Universidad de la República permite que se pueda cobrar.
Los posgrados predominantemente académicos no pueden ser objeto de derechos universitarios. Hecha la ley, hecha la trampa. Tomemos lo que impera en Brasil, que tienen una realidad diferente, y permitamos a partir de la creación de las maestrías de perfil predominantemente profesionalista, la posibilidad de contar con recursos que nuestras facultades no tienen. A nosotros nos resulta difícil implementar posgrados; en Medicina es distinto porque hace años que las ha ido implementando y tiene una enorme trayectoria. Pero hay otra cosa. ¿Yo me pregunto?. ¿Qué obliga a un Servicio en función de su especificidad a que necesariamente tenga que implementar las dos maestrías (la de perfil predominantemente académico y la de perfil predominantemente profesionalista)? ¿Por qué lo tiene que hacer? Si económicamente puede costear los dos tipos de posgrado bienvenido sea.
Un Servicio de acuerdo a su especificidad, no tiene porqué implementar la maestría de perfil predominantemente profesionalista. ¿Por qué no poder adecuarnos nosotros a la realidad de cada Servicio?.
La gratuidad de la maestría de perfil predominantemente académico no puede ser objetos de cobros; el cobro rige solamente para las especializaciones que tienen que ver con el ejercicio de la profesión.
Por otra parte aclaro que en Argentina el ejercicio de la profesión está regulado por los colegios, y los colegios cobran la matrícula que habilitan para el ejercicio de la profesión. Además, de alguna manera son los que determinan desde la CONEAU la acreditación de aquellos profesionales que sí pueden ejercer y de los que no. Si uno no paga la matrícula no puede ejercer. Mal que nos pese hay un problema económico de fondo. En nuestra Universidad de la República la posibilidad de cobrar los posgrados, pasa solamente por la creación de maestrías de perfil predominantemente profesionalistas, que pueden no ser cobradas, pero que si pueden ser cobradas.

Roberto Markarián: El tema va a entrar en discusión en la Comisión de Propuestas cuando nosotros tengamos algo para decir, de alguna manera así fue que se acordó en la propia Comisión. El trámite debería terminar a inicios de diciembre, de acuerdo a los plazos de 60 días de los que se habla en la resolución. El texto de la Ordenanza fue publicado en el Diario Oficial a principio de octubre. La Comisión Académica de Posgrado, más allá de los problemas de tramites que notoriamente fueron acelerados, se supone que se va a nombrar muy sobre el filo de ese plazo, por lo cual la eventual idea que alguien podría haber tenido de que la Comisión fuera la que elaborara el reglamento, creo que ya no es viable. Por ello, corresponde que en los respectivos ADURES se planteen las opiniones sobre los puntos que hemos tratado. Creo necesario acotar que aquí hemos tenido una buena representación de los sectores relacionados con las ciencias básicas, con las tecnologías, con el área agraria, con el área de la salud y hemos tenido casi nula representación de los sectores del área social donde existen fuertes posgrados, en particular la Facultad de Ciencias Sociales y la Facultad de Ciencias Económicas. En ADUR CENTRAL el lunes se hará el cronograma de discusión que tendrá que terminar en dos o tres semanas, por lo cual es urgente que las opiniones y los textos existan. No se si el CDC no votará una prórroga de ese plazo atendiendo al hecho de que se está con retraso y a que se han encontrado reparos no solo en la cuestión del cobro.
De cualquier manera creo que deberíamos pensar en trabajar apurados, y para eso vamos a aportar éste resumen, de manera que los Centros puedan discutir.

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