ASOCIACION DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA
A. D. U. R. P.I.T. - C.N.T.
ACTA DE RESOLUCIONES DEL CONSEJO FEDERAL 29 DE JULIO DE 2019
Asistencias de los Centros: ADUR Noreste (Barreto); Agronomía (Viega); Ciencias (Corte); Ingeniería (Valdés); Humanidades (Diab); Litoral (García); Oficinas Centrales (Marrero); Psicología (Martínez); Química (Cuña - Rodríguez); Veterinaria (Ríos).
Comisión Ejecutiva: Alejandro Bielli
Delegación al CDC: Gregory Randall, Alejandro Bielli.
Quórum de funcionamiento y mínimo para toma de decisiones: 5 centros.
1.- Aprobación de Actas de Resolución del 15 de Julio.
Se aprueban sin modificaciones.
2.- Título 1 del EPD.
Se recibe a delegación de la División General de Jurídica, integrada por las Doctoras Mariana Gulla, Nora Silva y Gabriela Tellechea.
Tras los intercambios mantenidos en sala, se resuelve solicitar a la División General de Jurídica, la incorporación al documento de EPD de las consideraciones realizadas.
3.- Previos:
- Documento CSEU – PIT -CNT sobre Educación.
Se resuelve recordar a la Comisión de Asuntos Gremiales, la solicitud que el Consejo Federal le ha formulado en relación al realizar las coordinaciones necesarias para la elaboración de dicho documento.
- Pedido de Ciencias de apoyo económico al Campeonato de Fútbol 7 de la UdelaR..
Se resuelve encomendar a la Secretaría de ADUR, traslade el tema a la Comisión Ejecutiva entrante.
4.- LLOAS.
Se realiza ronda de Centros para conocer el posicionamiento de los mismos en relación al punto.
Tras los intercambios mantenidos en sala se resuelve llevar al CDC la siguiente posición:
a.- Realizar los LLOAS con una carga horaria de 10 horas.
b.- No establecer tope máximo de LLOAS por Servicio.
c.- En caso de que el punto precedente no sea aprobado por el CDC, impulsar que el tope máximo de LLOAS por Servicio sea del 10% del total de cargos a llamar.
d.- Establecer un piso mínimo de otorgamiento de LLOAS, de 2 o 3 cargos por Servicio.
e.- Solicitar que una vez que el docente que ha accedido al LLOA cese en sus funciones, el dinero correspondiente a dicho LLOA vuelva al fondo central (excepto en situaciones en las que haya transcurrido un número significativo de años, entre momento en que se obtuvo el LLOA y el cese de funciones del docente).
5.- Ordenanza de Recursos Extrapresupuestales.
Tras los intercambios vertidos en sala, se resuelve postergar el tema.